Estudian devolver todo el importe de la cláusula suelo

e.v.pita VIGO / LA VOZ

VIGO

Es la primera vez que juez de Vigo delibera sobre el asunto

31 oct 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

El juzgado de lo mercantil de Vigo entrará por primera vez a estudiar el caso de una devolución total de los intereses cobrados de más en una hipoteca con cláusula suelo que impuso NCG a un cliente en el 2006. El hipotecado reclama que el banco le devuelva con efecto retroactivo 26.000 euros de intereses que le habría cobrado al 4,25 % en los períodos en que el suelo superaba la tasa del euríbor más el diferencial que aplica el banco.

Este es el primer caso en que un juez de Vigo aborda la cuestión del efecto retroactivo de las cláusulas suelo. Lo hace en un auto dictado el martes sobre la alegación que planteó NCG en una audiencia previa celebrada el 16 de octubre, en la que el banco dijo que el Tribunal Supremo ya había suprimido las cláusulas suelo en mayo para NCG, BBVA y CAM y que, por tanto, ya es cosa juzgada. La sentencia del Supremo ordena eliminar desde mayo esa cláusula por abusiva aunque no dice nada de que haya que devolver todo lo que se cobró de más.

El magistrado del mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, lejos de archivar la demanda, entiende que la decisión del Supremo es colectiva y no afecta a dicho procedimiento, que es individual. Por tanto, la reclamación del hipotecado vigués no es cosa juzgada y acepta entrar en el fondo de la cuestión y dictar sentencia.

En caso de dar la razón al cliente, sería la primera vez que un juez de Vigo ordenaría al banco devolver todos los atrasos. Los expertos creen que un precedente de este tipo abriría la vía a nuevas reclamaciones. No obstante, los jueces de otras ciudades han aplicado diferentes criterios sobre este asunto.

La demanda fue presentada en febrero por un particular que suscribió con NCG en el 2006 dos hipotecas por viviendas, una de ellas de 400.000 euros. El banco le impuso una cláusula suelo del 4,25 %. Seis años después, cuando el cliente presentó la demanda, el euríbor estaba en sus mínimos, solo un 0,59 %, pero el cliente pagaba un 3,65 % de más (incluido el diferencial). El euríbor solo sobrepasó el 4 % en el 2007 y 2008. Tras la sentencia del Supremo, el banco dejó de aplicarle la cláusula suelo.