Los sindicatos piensan que se trata de un agravio comparativo más frente a Pontevedra o A Coruña En toda Galicia sólo hubo 112 protestas durante el año pasado
12 sep 2003 . Actualizado a las 07:00 h.El Consejo General del Poder Judicial ha olvidado a Vigo en su nuevo mapa de unidades específicas de atención al ciudadano, donde sí figuran Pontevedra y A Coruña, según el acuerdo adoptado por el consejo el pasado 28 de mayo. En opinión de Tino Novoa, de Comisiones Obreras, «una vez más Vigo se vuelve a quedar discriminada en la dotación de órganos judiciales para Galicia». De esta manera el Servicio de Atención al Ciudadano sólo se creará en Pontevedra y A Coruña a propuesta previa de la consellería de Xustiza de la Xunta al Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia. En Pontevedra todavía no se ha puesto en funcionamiento. Según la Federación de Servicios y Administraciones Públicas de Comisiones Obreras «Vigo es la primera ciudad de Galicia por volumen de trabajo y conflictividad penal, pero la consellería de Xustiza ignora reiteradamente las necesidades de la ciudad». El Consejo General del Poder Judicial señala que aunque no exista un servicio específico de atención a los ciudadanos, éstos pueden presentar sus reclamaciones en el decanato de Vigo y en los de Cangas, O Porriño, Ponteareas y Tui. Durante el año pasado en toda Galicia sólo se registraron 112 reclamaciones, lo que supone un 4% menos que el año anterior. En la comunidad autónoma se protesta mucho menos que en el resto del Estado. En toda España hubo 4.059 reclamaciones, lo que significa un 19% más que en el año 2001. El formulario para presentar la reclamación se puede hallar en la página web del Poder Judicial y en las sedes de la administración de la Justicia. Las protestas o hace falta presentarlas en los juzgados, también se puede acudir a Correos. El Consejo General del Poder Judicial se compromete a acusar el recibo de la queja en cuarenta y ocho horas y a dar respuesta en el plazo de un mes. El consejo advierte que no puede atender reclamaciones que constituyan denuncias de carácter disciplinario contra jueces o contra el personal de la administración de justicia.