Al gobierno de Manuel Pérez le tocó en 1996 resolver la sentencia que anuló la licencia y el estudio de detalle aprobado por el equipo de su antecesor, Carlos Príncipe. La decisión adoptada, en la que estuvieron de acuerdo toda la corporación y la Xunta de Galicia, fue llevar a cabo con rapidez una modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que permitiera su legalización. Una vez concluida se topó con la negativa de Ifer SL a solicitar la licencia del inmueble, ya que para ello debería ceder al Concello el 10% del aprovechamiento. En el fallo ahora conocido el Supremo censura en duros términos esta modificación. Textualmente precisa que «aunque la parte recurrente intente introducir ahora que con posterioridad a la sentencia el Ayuntamiento de Vigo haya promovido una reforma de su PGOU conforme a la cual las obras ejecutadas serían susceptibles de legalización la consecuencia sigue siendo el derribo». «Esta modificación del planeamiento -precisa- no es, como afirma la parte recurrente, una forma de dar cumplimiento al fallo sino justamente lo contrario. Podría ser una causa legal de imposibilidad de ejecución de la sentencia, a valorar por el propio Tribunal Superior, con las consecuencias previstas por la ley».