La Audiencia establece una indemnización que puede alcanzar los 160 millones La sección segunda de la Audiencia provincial de Pontevedra ha condenado al Consorcio de la Zona Franca, la constructora Ferrovial y la consultora Apia XXI al pago de una indemnización que puede alcanzar los 160 millones de pesetas por los daños causados a un edificio durante los trabajos de construcción del túnel de Beiramar, incluido en el proyecto «Abrir Vigo al mar». Este fallo anula otro anterior de un juzgado de Vigo que había desestimdo la denuncia por considerar prescrita el delito. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
25 nov 2000 . Actualizado a las 06:00 h.Los daños que sufrió el número 21 de la plaza de Compostela fueron en parte causados por «la mala técnica desarrollada en la ejecución del túnel de las Avenidas», atribuyendo también cuota de responsabilidad «al deficiente estado del inmueble», que data del año 1942. En función de este hecho condena a las tres entidades al pago del 50% de los gastos originados, tanto por la necesidad de buscar otro piso u otras oficinas como para su reparación. Como este último dato no se conoce de momento la cifra final de la indemnización es imposible de fijar, aunque el fallo judicial establece el tope de 160 millones, que deberán abonar «solidariamente» Zona Franca, promotora de la obra; Ferrovial como construtora y Apia XXI en calidad de autora y directora del proyecto de ejecución. Al haber sido probado ante el tribunal la inadecuada cimentación y estructura del edificio, del que se apreció baja calidad en el hormigón, el fallo sólo imputa parte de las responsabilidad a la construcción del túnel. Esto se traduce en el pago del 50% de los daños causados, con el máximo mencionado de 160 millones. El paso subterráneo, por su parte, habría contribuido a variar el nivel freático del subsuelo y se ha demostrado la existencia de «una negligente actuación técnica traducida en la tardanza de colocar en funcionamiento los cajones drenantes». Para el tribunal la responsabilidad incumbe tanto a la empresa que lo proyectó como a la que lo ejecutó y a Zona Franca, que se reservó el nombramiento de un director facultativo y la inspección de los trabajos. A expensas del posible recurso, los gastos a los que tendrán que hacer frente las entidades condenadas corresponden a los arreglos así como al alquiler de las familias afectadas durante estos años. Igualmente, los producidos por la instalación de la entidad mercantil Joaquín Davila y cía en otros locales. El fallo valora positivamente los peritajes realizados por las sociedades Intemac y Cedex. La primera sobre el resultado de las calas de elementos estructurales y estudio geotécnico. La opinión técnica de Cedex se califica de «altamente cualificada e independiente, clara en sus conclusiones y que goza de la mayor credibilidad para el tribunal».