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El Tribunal de Instancia de Noia archiva la causa del vertido de pélets de plástico del buque Tocomao

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Pélets del buque Tocomao en la playa de Queiruga, en enero del 2024
Pélets del buque Tocomao en la playa de Queiruga, en enero del 2024 Marcos Creo

La resolución, que no es firme, establece que no se ha producido una infracción de las disposiciones de «carácter general protectoras del medio ambiente suficientes para justificar la intervención de la vía penal»

20 ene 2026 . Actualizado a las 20:09 h.

La jueza del Tribunal de Instancia de Noia, plaza 2, acordó el sobreseimiento de la causa en la que se investigaron las posibles responsabilidades penales derivadas del vertido de pélets de plástico —ocurrido en diciembre del 2023— que transportaba el buque Tocomao. En una resolución que no es firme porque cabe presentar recurso ante la Audiencia Provincial de A Coruña, la magistrada determina que «no se ha producido una infracción de las leyes y otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente, suficientes para justificar la intervención de la vía penal».

La denuncia fue presentada por Podemos, Fundación Montescola, Plademar y Ecologistas en Acción contra la empresa del barco portacontenedores. Alegaban que el buque perdió parte de su carga en las proximidades de la costa gallega y que, además de la incidencia ambiental, los pélets podían ser ingeridos por aves, peces y crustáceos afectando al consumo humano y resultando tóxicos.

A este respecto, de acuerdo con el informe pericial, la instructora subraya que «del análisis de los pélets recogidos en las costas afectadas no se revela toxicidad o concentración de sustancias tóxicas en su composición». Señala al mismo tiempo que «no se prevé un impacto significativo a medio o largo plazo ocasionado por vertido de pélets en relación con el impacto del resto de microplásticos presentes en el entorno marino».

Al mismo tiempo, recalca que el análisis efectuado por el Cetim Technologicas Centre de las muestras del material recogido por el personal de la Xunta determina que «no es una sustancia o mezcla peligrosa».

Espacios protegidos

Otro de los aspectos formulados en la denuncia era la afección del vertido plástico en espacios protegidos como el parque natural de Corrubedo. La jueza concluye que «los escasos restos encontrados no han producido daño en el ecosistema dunar de las lagunas de Carregal y Vixán, así como tampoco se han producido daños que puedan haber perjudicado a la biodiversidad ni al ecosistema del Parque Nacional Marítimo Terrestre de las Illas Atlánticas».

Sobre la pérdida de la carga, el auto explica, tras el análisis del informe presentado por la Dirección de la Guardia Civil que «la caída por la borda de los seis contenedores fue consecuencia de un golpe al buque por el oleaje a su lado de babor, habiéndose cumplido los protocolos de carga por parte de la empresa operadora». Indica que no se detectó irregularidad que hubiese ocasionado la caída de los contenedores.