El TSXG alerta de que las personas enfermas de lupus sufren «una discriminación sexista»

La Voz REDACCION/LA VOZ

SOCIEDAD

CESAR QUIAN

Los magistrados aseguran que el hecho de que la enfermedad, que afecta más a mujeres, no esté reconocida como causante de discapacidad provoca una situación injusta

27 oct 2021 . Actualizado a las 12:27 h.

 El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) alerta de la «situación injusta» que sufren las personas enfermas de Lupus. Primero, porque no está reconocida como enfermedad causante de discapacidad. Y segundo, porque precisamente este perjuicio a los enfermos produce a su vez una «discriminación sexista». Para los magistrados está claro: «El desconocimiento de la realidad del lupus se torna si cabe más injusto, si consideramos que es una enfermedad fuertemente feminizada». Es decir, que la sufren mayoritariamente las mujeres. A razón de todo esto, el tribunal ha estimado el recurso de una mujer, aumentando su grado de discapacidad: de un 24 %, reconocido inicialmente por la Xunta, a un 50 %.

La paciente pasó primero por el juzgado de lo social en Ourense, que desestimó su demanda. Antes ya había agotado la vía administrativa. Pero ahora el TSXG le ha dado la razón. Según relata el fallo, el Equipo de Valoración y Orientación de la Xunta, que es el encargado de evaluar las dolencias de los enfermos, tan solo tuvo en cuenta el trastorno del sistema inmunológico que provoca el lupus. Pero esta enfermedad afecta a muchos más niveles. De hecho, es una dolencia sistémica: daña a varias partes de todo el organismo.

En este caso concreto y tras un peritaje médico, se consideró probado que la denunciante sufría de hipertensión arterial crónica; de afectación de rodillas, tobillos y lumbares; de nefropatía, y de un problema dermatológico. Cada una de estas afecciones suma puntos a la hora de conceder una discapacidad. Así, el resultado del equipo de la Xunta le otorgó una puntuación de 24 puntos, pero la nueva suma del tribunal la eleva a 56. Por eso, falla favorablemente a concederle una discapacidad del 50 %, que es la que la enferma solicita.

Sexismo

El TSXG ha aprovechado la sentencia para denunciar la «situación injusta» que rodea a este tipo de pacientes. El lupus eritomatoso sistémico no aparece incluido en el listado de enfermedades causantes de discapacidad. Lo que supone, para el tribunal «desconocer la realidad». Un perjuicio que va «en contra de lo previsto en el artículo 49 de la Constitución». Pero no es este el único artículo que se ve vulnerado a ojos de los magistrados. El número 14 de la carta magna establece la igualdad por razón de sexo, entre otras variables. Así, para el TSXG el hecho de que la enfermedad la padezcan muchas más mujeres que hombres, supone una situación «discriminatoria sexista». Más de 40.000 personas padecen lupus en España, de las cuales el 90 % son mujeres.

Toda esta problemática debería corregirse con una «intervención normativa», dice el tribunal. Sobre todo, en cuanto a la mayor precisión en la cuantificación del porcentaje de discapacidad, en el cual hay una «laguna reglamentaria». Pero mientras tanto y hasta que los poderes estatales no acometan la necesaria reforma de la norma, es «responsabilidad del Poder Judicial evitar la situación discriminatoria», concluye el texto.

Contra la sentencia, cabe recurso de casación.