Las compañías están obligadas a compensar los gastos de los usuarios, y el colapso no es excusa
SOCIEDAD
Los pasajeros tienen derecho a que las compañías aéreas les compensen los gastos generados y les paguen el daño moral causado. Así lo asegura Mikel Alonso, miembro del Colegio de Abogados de Vizcaya y experto en problemas ocasionados a los usuarios de aeropuertos por las compañías de aviación.
«La excusa de la fuerza mayor, como en el caso del volcán de Islandia -prosigue el letrado-, no puede justificar que las compañías no se hagan responsables de nada».
Es decir, que todos aquellos pasajeros que estén sufriendo cancelaciones en sus vuelos a causa de la nube de cenizas instalada en media Europa deben saber que las aerolíneas están obligadas a compensarles las cancelaciones e incluso los retrasos que puedan generarse. Es el caso, incluso, de quienes hayan tenido que coger otro medio de transporte por su cuenta ante la tardanza de la compañía en dar una solución.
Lo primero que deben saber los consumidores es que, en caso de sufrir algún percance en el que la compañía sea responsable, «siempre tienen derecho a la compensación de los gastos ocasionados», confirma Alonso. Cuando surge un problema, el primer paso es poner una reclamación en el aeropuerto. La rapidez es clave, ya que legalmente existe un plazo de siete días para interponer la queja.
Si la compañía no la admite o no dispone de hojas de reclamación, algo bastante habitual, hay que ir a ponerla a Aena. En el extranjero es imprescindible «conseguir que alguien de la aerolínea firme un papel o un justificante en el que quede constancia de lo ocurrido y de la queja». El abogado advierte de que «es fundamental guardar todas las hojas de reclamaciones, recibos y justificantes de los gastos que el incidente nos ha ocasionado».
Una vez puesta la reclamación, «es más eficaz acudir a un despacho de abogados» que a Consumo. «Ellos saben que muy poca gente llega a contratarlo, por eso no se toman muy en serio las reclamaciones», explica Alonso.