La Fiscalía no ve delito en el erróneo proceso de selección para un conserje en el colegio O Coto de Negreira

Xurxo Melchor
Xurxo Melchor SANTIAGO / LA VOZ

NEGREIRA

El caso que va a ser juzgado se originó por la selección de un conserje en el colegio O Coto de negreira
El caso que va a ser juzgado se originó por la selección de un conserje en el colegio O Coto de negreira Sandra Alonso

Entiende que la comisión de selección no trató de favorecer a un candidato en concreto al puntuar un curso no homologado

01 nov 2025 . Actualizado a las 13:46 h.

La Fiscalía considera que la comisión encargada en julio del 2016 de seleccionar un conserje para el colegio O Coto de Negreira no cometió ningún delito, sino solo un error, al tener en cuenta en la puntuación de los candidatos un curso de formación que no estaba homologado por la Xunta. Esa decisión hizo que una persona quedara en primer puesto en detrimento de una mujer, que obtuvo la tercera posición y que llevó el proceso a los tribunales, donde le dieron la razón.

Además de la vía contenciosa, la mujer, que finalmente quedó en primera posición en el proceso selectivo una vez que se retiró de la puntuación el curso no homologado, presentó una querella criminal al considerar que los miembros de la comisión de selección habían cometido un delito de prevaricación administrativa. El ministerio público nunca vio delito, y durante la instrucción, ya solicitó en julio del 2022 el archivo de las actuaciones, pero la Audiencia Provincial ordenó seguir investigando al juzgado de Negreira en el que recayó el caso.

La querellante ha continuado adelante con el proceso y el asunto será juzgado el martes en la sección primera de la Audiencia Provincial, pero la Fiscalía no presentará acusación al entender que los procesados no tomaron «una resolución arbitraria en asunto administrativo a sabiendas de su injusticia», ya que «los elementos que tuvieron en cuenta (...) respecto al curso homologado respecto al candidato [que ganó en primera instancia la selección] también se tuvo en cuenta respecto a otros candidatos presentados en ese mismo proceso selectivo, por el cual la valoración que se pudo haber tenido de ese curso, que fue errónea, lo fue respecto a todos los aspirantes, y por ende dicha valoración errónea repercutió en la querellante dado que tuvo menos puntuación», señala el escrito presentado por el ministerio público.

En definitiva, para el fiscal, «la actuación de los miembros de la comisión no fue maliciosa ni tendenciosa, sino meramente a lo sumo errónea», algo que los propios acusados reconocieron en sus declaraciones en la fase de instrucción. Un fallo que, para la Fiscalía no pretendía beneficiar en concreto al candidato que inicialmente quedó en primera posición en el proceso de selección.