EL DOCUMENTO
20 jul 2001 . Actualizado a las 07:00 h.El Estatuto da Capitalidade es un viejo proyecto derivado de la condición de Compostela como sede de las instituciones autonómicas de Galicia, con las consiguientes obligaciones y derechos que ello conlleva para la prestación de servicios públicos. De esto ya se hablaba a finales de los años 80, si bien por entonces se le denominaba Carta de Santiago. Marco legal. El último borrador del proyecto de Estatuto da Capitalidade indica que Santiago gozará de un régimen jurídico especial como sede de las instituciones autonómicas, según lo previsto en la Lei de Administración Local. Órganos de gestión. El estatuto prevé la constitución de dos órganos para gestionar lo relacionado con la capitalidad. Son el Consello da Capitalidade, que tomará decisiones por consenso y cuyo cometido es la coordinación de las administraciones autonómica y local, presidido por el presidente de la Xunta, con el alcalde como vicepresidente. El otro órgano es la comisión ejecutiva, presidida por el alcalde. Consello da Capitalidade. Su función es la adopción de acuerdos relativos a materias que el pleno de este organismo interadministrativo declare de interés común para la Administración autonómica y el Concello y que afecten a las funciones que le corresponden a la ciudad como capital de Galicia. También habrá de valorar los costes que para la ciudad supone su condición de capital y fijar los instrumentos para su compensación. Competencias. El proyecto de estatuto se refiere de forma genérica a aspectos prioritarios como el patrimonio histórico-artístico, el territorio y el urbanismo, la seguridad pública, el transporte y el turismo. Para la prestación de servicios que exijan una actuación del Concello de Santiago y otros limítrofes, prevé la constitución de consorcios. Financiación. El último borrador del proyecto de estatuto indica que la condición de capital de Galicia de la ciudad de Santiago tendrá un apartado específico en los presupuestos autonómicos.