Convierte el patio de luces del edificio en un criadero ilegal de periquitos

Alfredo López Penide
López Penide SANXENXO / LA VOZ

SANXENXO

Tras la denuncia de un vecino, el Supremo insta a la sanxenxina a cesar de criar aves

17 jun 2016 . Actualizado a las 05:05 h.

Imaginen que tienen por vecina a una persona que ha convertido la terraza de su piso y el patio de luces del edificio en el que residen en una granja donde se dedica a criar varias decenas de periquitos. Que día tras día, tiene que compartir la convivencia en el inmueble que comparten con el ruido y los olores que estas aves generan. Esta era la realidad con la que han venido conviviendo durante años los vecinos de un inmueble de Sanxenxo hasta que uno de ellos dijo «hasta aquí hemos llegado».

Se encontró con un problema. Y es que cuando, en abril del 2011, requirió a la presidenta de la comunidad que tomara cartas en el asunto, esta, contundentemente, rechazó sus pretensiones. A fin de cuentas, era la persona que había transformado el patio de luces y la terraza en un gallinero.

Al demandante no le quedó más opción que acudir a los tribunales y estos, uno por uno, le fueron dando la razón. La última resolución se conoció estos días y en la misma el Supremo rechaza el recurso de casación con la que la sanxenxina buscaba que le diesen la razón.

En todos los casos, el dictamen de los distintos jueces es el mismo. Condenar a la propietaria del piso a ejecutar las obras necesarias para «la retirada de las estructuras metálicas instaladas sobre la cubierta del edificio en la terraza Oeste, así como la estructura metálica instalada en la terraza Noroeste (patio de luces». El objetivo es que ambas dependencias retornen a su estado original, por lo que el fallo judicial también se extiende a un empresario inmobiliario de Sanxenxo, también propietario de un piso del edificio.

De igual modo, expresamente se ordena a la mujer «a cesar en la actividad de cría y tenencia de aves», al tiempo que se decreta el desalojo de los animales.

«Actividad molesta»

La Audiencia de Pontevedra, posteriormente refrendada por el Supremo, ya sostuvo que la cría de entre treinta y cuarenta periquitos produce «ruidos y olores a pocos metros de las ventanas de los vecinos». Se trata de una circunstancia que se encuadra dentro de lo que es el concepto de «actividad molesta» contemplada en la Ley de Propiedad Horizontal.

De igual modo, los magistrados avalaron la capacidad del vecino para interponer la demanda en la jurisdicción civil. A este respecto, incidieron en que «si el presidente o la junta de propietarios no toma ninguna iniciativa, el propietario individual que sufre en su persona o familia las actividades ilícitas de un copropietario y tras los requerimientos oportunos -como en el caso presente- no puede quedar indefenso y privado de la defensa judicial efectiva». Bajo esta premisa, se remarca que, «ante la inactividad del presidente o de la junta -o de ambos- está legitimado para ejercer esta acción en interés propio, no en el de la comunidad, y en defensa de su derecho, que no ha ejercido la comunidad».