Condenado por causar drogado un accidente en el centro de Pontevedra

Alfredo López Penide
L. Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

Agentes de la Policía Local de Pontevedra requirieron al conductor a que se sometiera a la prueba de detección de estupefacientes
Agentes de la Policía Local de Pontevedra requirieron al conductor a que se sometiera a la prueba de detección de estupefacientes CAPOTILLO

El conductor dio positivo por cocaína y opiáceos siendo sancionado con 2.166 euros

04 ene 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

Como autor de un delito contra la seguridad vial y lesiones por imprudencia graves, un pontevedrés acaba de ver como la Audiencia Provincial ratificaba la multa impuesta de 2.166 euros por el accidente que causó en la noche del 8 de enero del 2019 en pleno centro de Pontevedra. La sentencia considera acreditado que, al volante de su vehículo, circulaba por las calles 12 de noviembre y Eduardo Pondal «influenciado por el previo consumo de estupefacientes».

De este modo, el turismo «iba dando bandazos» hasta que en las proximidades de la confluencia con la calle Estación, el acusado se echó a la derecha y detuvo su marcha para, acto seguido, reanudar la marcha e incorporarse de nuevo al tráfico. Sin embargo, en ese preciso momento, no se percató de que estaba siendo rebasado por un Renault Mégane, por lo que se produjo la colisión.

Mientras que este segundo vehículo sufrió daños, su conductor padeció unas lesiones «consistentes en esguince cervical y dorsal leve con contracturas periescapulares asociadas», por lo que precisó tratamiento médico y rehabilitación, cuestiones por las que fue indemnizado por la compañía aseguradora.

Los agentes de la Policía Local de Pontevedra desplazados al lugar del siniestro, al percatarse de que el acusado presentaba «evidentes síntomas de encontrarse afectado» por sustancias estupefacientes, le requirieron para que se sometiera a un prueba de detección de consumo de drogas mediante un test de precisión. El resultado fue positivo en cocaína y opiáceos, un resultado que, con posterioridad, fue confirmado por el laboratorio del departamento de Toxicología forense del Instituto de Ciencias Forenses de la Universidad de Santiago de Compostela.

Argumentos jurídicos

Los magistrados de la Audiencia de Pontevedra, cuyo dictamen es recurrible en casación, concluyen que «no existe indicio alguno» de que la víctima «realizara ninguna acción imprudente que diera lugar al siniestro causado». Es por ello que mantienen que el accidente «se produjo debido a la disminución de las facultades del acusado, que previamente había consumido sustancias estupefacientes». Es por ello que, «en modo alguno puede exonerarse de la responsabilidad de las lesiones que ocasionó con su conducta el recurrente, menos aun cuando en ningún momento se ha acreditado un comportamiento negligente capaz de interrumpir el nexo causal por parte de la víctima».