La Xunta adjudica el edificio de la Cámara Agraria al arrendatario

Cristina Barral Diéguez
cristina barral PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

Reconoce la validez del derecho de adquisición preferente por un contrato del 2004

24 nov 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

La Xunta de Galicia acaba de resolver la adjudicación del antiguo edificio de la Cámara Agraria Provincial de Pontevedra a favor del arrendatario y no de la sociedad Mercant & Lupond, del empresario Santiago Montejo -que había ganado la subasta pública celebrada el pasado 15 de abril-. La Consellería de Facenda confirmó ayer que la decisión se basa en el reconocimiento de la validez de un derecho de adquisición preferente de los hermanos Salgueiro González.

«Este dereito, pactado entre o arrendador (a Cámara Agraria) e o arrendatario, permítelle a este último igualar o prezo máximo da subasta», apuntaron desde el departamento autonómico. La tesis de la Administración es que casi un mes después de la subasta, el 6 mayo, el arrendatario del local situado en el bajo del edificio -Restaurante La Cámara-, ejerció un derecho de adquisición preferente que tenía reconocido en su contrato de arrendamiento. Según señaló Facenda, ese contrato, de carácter privado, se había firmado en el año 2004 por la Cámara Agraria, «e nel evidentemente non participou a Xunta de Galicia».

La consellería expone que hasta el mes de agosto el arrendatario no terminó de cumplir todos los requisitos para ejecutar ese derecho de adquisición preferente. Facenda añade que, a petición de Mercant & Lupond, la Administración «traballou para acadar un acordo entre as dúas partes que beneficiase a ambas». Una solución que pasaba por la renuncia de la sociedad de Santiago Montejo al bajo comercial.

Como ese acuerdo no fue posible, la Xunta resolvió la adjudicación del inmueble a favor del arrendatario. Una resolución que, remachó, «está avalada pola Asesoría Xurídica e a Intervención da Xunta» y que completa la transferencia del inmueble de la plaza del Teucro.

Facenda hizo hincapié en que el mejor postor de la subasta -620.000 euros- «non tivo en ningún momento dereito algún sobre o inmoble, dado que a Administración non chegara a realizar a súa adxudicación». Con la resolución lo que se hace, subrayó, es manifestar «o consentimento para realizar o contrato de compravenda co arrendatario, xa que é o titular da competencia a quen lle corresponde facelo, e non aos membros da subasta».

Sin haber recibido la notificación, Juan José Salgueiro hizo una primera valoración a la espera de la que haga su abogado. «Estamos contentos porque llevamos mucho tiempo escuchando cosas. Llevamos catorce años ahí y se tuvo en cuenta nuestro derecho», apuntó. Por su parte, Santiago Montejo, que sí había recibido la comunicación, indicó que analizará las vías a seguir para defender sus derechos. «Unos derechos que se han visto pisoteados al cambiar el resultado de una subasta», sentenció.