El Supremo absuelve a Manuel Argibay de un delito de estafa

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El Tribunal Supremo ha absuelto al letrado pontevedrés Manuel Argibay de un delito de estafa. El abogado había sido condenado por la Audiencia Provincial de Pontevedra, que entendió que Argibay había cometido un delito de estafa contra la empresa Disvigal SL por el cobro indebido de más de un millón trescientas mil de las antiguas pesetas en concepto de servicios prestados y pago de impuestos. Manuel Argibay recurrió la sentencia ante el Tribunal Supremo al entender que se habían vulnerado, entre otros, el principio de presunción de inocencia. En la sentencia que lo absuelve, el Supremo se basa en la relación contractual que vinculaba al abogado y a la firma. Indicio equívoco «El indicio sobre el que se apoya la convicción del tribunal -dice la sentencia del Supremo en referencia a la de la Audiencia- es la identificación del recibo presentado al cobro ''liquidación de impuestos'', que el tribunal entiende indiciario de la apropiación, y el recurrente, justificante del trabajo realizado». Una vez argumentado esto, el Supremo aclara que el indicio es equívoco, y que tanto puede «amparar la convicción del tribunal como la alegación del recurrente en la impugnación». Según aclara el Supremo, a la vista de los hechos, se puede interpretar que Argibay se apropió del dinero utilizando como fundamento el pago de impuestos, o que justificaba con el recibo bancario la realización de servicios no amparados por el contrato existente. Manuel Argibay ha anunciado que estudia emprender acciones judiciales contra los denunciantes por denuncias falsas, calumnias e injurias.