El Supremo abre la puerta a pagar según convenio a temporales de los concellos

María Cobas Vázquez
maría cobas O BARCO / LA VOZ

O BARCO DE VALDEORRAS

Pilar Canicoba

Trabajadoras de ayuda en el hogar de O Barco cobrarán hasta 4.800 euros más al año

07 nov 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

El Tribunal Supremo ha dado la razón a las trabajadoras del servicio de ayuda a domicilio del Concello de O Barco de Valdeorras, que pedían cobrar según el convenio colectivo a pesar de no estar incluidas en el documento. La Justicia atiende su petición después de siete años de juicios y recursos.

Las empleadas -representadas por la CIG- reclamaban un régimen igual al de peón. «Entendiamos que era equiparable, polo tipo de formación que precisan e as tarefas que realizan», explicaba ayer Xosé Rodríguez, miembro de la asesoría jurídica del sindicato. El Concello de O Barco, por su parte, defendía que no estaban incluidas en el convenio, por lo que se les aplicaba el salario que reflejaba el contrato inicial. «Decían que era unha retribución vinculada á achega que recibían [de la Xunta para pagar este servicio]», explicaba Rodríguez. Y tras varias sentencias contradictorias en los juzgados de primera instancia y pasar por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, el tema acabó en el Supremo, donde -a instancias de la propia Administración local- se unieron las causas en una sola. Y el fallo del alto tribunal recoge las peticiones de las trabajadoras públicas, que ya en primera instancia habían logrado ser reconocidas como indefinidas por fraude en la contratación (al encadenar contratos temporales).

La sentencia puede crear jurisprudencia, por lo que todos los empleados públicos deberían cobrar según el convenio de la Administración en cuestión y no en función de una determinada ayuda que sufrague su salario. «Non se pode aplicar unha norma laboral distinta do convenio colectivo, non pode haber empregados públicos de primeira e empregados públicos de segunda», remarcaba el secretario xeral de la CIG en Ourense, Anxo Pérez.

Todos los derechos

No solo es una equiparación en lo que respecta al salario -en este sentido, hay trabajadoras que cobrarán hasta 4.600 euros anuales más-, sino también en horas de jornada y en días de libre disposición.

La sentencia afecta a las alrededor de quince trabajadoras del servicio de ayuda a domicilio y se retrotrae hasta el año 2011, que fue cuando comenzaron los procesos judiciales. El sindicato reclama también que se asuman las subidas correspondientes en las cotizaciones a la Seguridad Social durante este tiempo, ya que redundarán en la pensión de jubilación de las afectadas.

Por su parte, el alcalde de O Barco, Alfredo García, aseguraba que poco tenía que valorar: «Vamos a cumplir la sentencia». Y remarcaba que se trataba de un proceso largo en el que se habían dado sentencias contradictorias entre sí. «En su momento, los técnicos entendieron que esas personas entraron con un contrato que se ha respetado escrupulosamente, y el hecho de que el convenio no contemplara esos puestos suponía que no tenían que cobrar como otro trabajador que sí lo estaba», explicaba el regidor. Sin saber si la sentencia puede influir a otros trabajadores diferentes a las empleadas del servicio de ayuda en el hogar, lo que sí avanzaba es que estarán en el próximo convenio, puesto que están incluidas en la relación de puestos de trabajo que ultima el consistorio. «Está lista, a falta de flecos; y sí figurarán, porque es un servicio que vamos a seguir prestando y no pensamos externalizar», señalaba.

Desde la CIG avanzaban que informarán a otros ayuntamientos de la sentencia. «Vamos ir a outros concellos para exportar o tema e que se aplique o conto; e onde non haxa convenio imos intentar darlles ese marco legal aos traballadores», decía Pérez.