Absuelto de tocarle el trasero a una mujer que denunció los hechos siete meses después

La Voz OURENSE / LA VOZ

BANDE

M. FERNÁNDEZ

La jueza no ve suficiente prueba de cargo el testimonio de la víctima y no descarta que la denuncia fuera por venganza

03 oct 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

No ha encontrado la magistrada del Juzgado Penal 2 de la capital ourensana, Susana Pazos, evidencia alguna de que un acusado hiciera tocamientos en el trasero a una mujer, tal y como ella denunció en su día. La togada, tras analizar las pruebas del caso y los testimonios vertidos en el juicio, celebrado hace apenas dos semanas, considera que no ha quedado acreditado el incidente, que fue denunciado en el juzgado de Bande siete meses después de que, según ella, hubieran ocurrido.

La sentencia por este asunto recoge que «no ha podido probarse que tales hechos hubieran tenido lugar» y se fija sobre todo en la ausencia de testimonios que corroborasen lo denunciado por la víctima. Esta, aseguró que el acusado y ella habían coincidido, junto con otras personas, en un bar de la localidad de Lobios en la noche del 25 de marzo del 2018, explicando que el investigado le había tocado el culo, además de hacerle gestos obscenos con la boca y con las manos. «La declaración de la denunciante no reúne los requisitos necesarios para constituir prueba de cargo suficiente», dice la togada, que se fija en los argumentos expuestos por la defensa. Esta parte dejó entrever la existencia de un posible «ánimo vengativo» en la denuncia por abuso sexual, no solo porque la mujer tardó siete meses en hacerla, sino también porque el acusado había denunciado que el novio de la presunta víctima lo había agredido aquella noche, siendo condenado por ello. La jueza lo tiene en cuenta, señalando además que ninguno de los testigos que estaban en el bar, ni siquiera los de la acusación, ratificaron la existencia de tocamientos o gestos obscenos. Absuelve, por tanto, al acusado.