Una ordenanza municipal impone inspecciones técnicas a los edificios de más de 30 años
OURENSE
Con varios años de retraso, pues debería estar en vigor desde el año 2002, el gobierno municipal aprobó ayer el proyecto de «ordenanza reguladora do deber de conservación, da inspección técnica de edificacións, e da declaración de ruína». La norma, implantada en la práctica totalidad de los municipios de Galicia, obliga a los propietarios de edificaciones a acreditar el cumplimiento del deber de conservación de inmuebles mediante la obtención de un informe de inspección técnica de cada edificio, expedido por un técnico competente.
La administración municipal formalizará convenios con los colegios profesionales de arquitectos y aparejadores, con el fin de agilizar los pasos para la implantación de esta ordenanza, que la concejala de Urbanismo, Áurea Soto, prevé hacer de forma progresiva, con posterioridad al verano.
Aunque la ordenanza establece que el primer informe deberá presentarse en el año siguiente a aquel en el que cumpla treinta años el edificio desde su construcción o desde su rehabilitación, si la intervención tuvo carácter semejante y profundo. Deberá, con posterioridad, presentarse cada diez años.
En el caso de que los edificios reciban informe técnico desfavorable, los propietarios deberán solicitar y obtener una nueva licencia municipal en el plazo de dos meses, sin perjuicio de las exigencias inmediatas por razones de seguridad.
Exigencia legal
La exposición de motivos de la sentencia, aparte de que sea legalmente exigible por la LOUGA, la ley de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, alude expresamente a la «crecente preocupación social polo estado de conservacións das edificacións e, en especial, polas consecuencias negativas derivadas do incumprimento polos propietarios das condicións de seguridade esixibles, causa en ocasións de graves danos para os ben e tamén, lamentablemente, de perda de vidas humanas».
Deber de conservación
Recoge expresamente la nueva ordenanza que el deber de conservación «é unha manifestación inequívoca da función social que ten o dereito de propiedade urbanística, porque as razóns de seguridade e de salubridade, e ata de ornato público, son valores sociais indubidables, e pode dicirse por iso que a acreditación do cumprimento do deber de conservación deriva naturalmente daquela función social».
La realización de inspecciones, además de permitir un mejor conocimiento y control del estado de conservación de las edificaciones de Ourense, que es el objetivo principal de la iniciativa, la ordenanza tendrá otros efectos. Entre ellos, el texto que se someterá a un próximo pleno municipal para su aprobación definitiva, indica que «debería contribuir tamén a dotar de maior seguridade xurídica e técnica aos usuarios do mercado inmobiliario de vivendas de certa antigüidade ou rehabilitadas».