El despido supone ignorar los recursos judiciales iniciados por la propia administración local El convenio laboral del ayuntamiento exige la readmisión cuando los despidos son improcedentes
16 jun 2003 . Actualizado a las 07:00 h.?s como si el Concello de Ourense no tuviera fe en sus propias actuaciones en el ámbito judicial. Sólo así explican el proceder del gobierno local en fuentes relacionadas con la defensa de las ludotecarias despedidas las semana pasada. Estas cinco profesionales, al igual que la sexta mujer y el único hombre del grupo de siete ludotecarios, ganaron en los juzgados de lo social de Ourense sus recursos, con tres sentencias que declaraban improcedentes sus despidos. El Tribunal Superior de Galicia ratificó las resoluciones, desestimando los recursos de la administración local, que entonces optó por un recurso extraordinario ante el Tribunal Supremo. Sin haberse resuelto su apelación y, por tanto, sin aguardar a la última palabra en el ámbito judicial, el gobierno municipal de Manuel Cabezas renunció a seguir esperando y optó por una readmisión que, al día siguiente, dio paso al despido de cinco de las ludotecarias. Medios de la defensa de estas trabajadores consideran que la decisión del Concello de Ourense ha sido, por lo menos, precipitada, al no haber esperado a la decisión última del Tribunal Supremo. Estiman, por ello, que el gobierno local debería haber esperado, pues, con el asunto pendiente de recurso, se queda sin valor. De hecho, éste es el motivo fundamental por el que el letrado de las ludotecarias ultimaba ayer una nueva reclamación ante los juzgados de lo social, al considerar que el despido de la semana pasada es radicalmente nulo. Contradicción Resaltan estas mismas fuentes la contradictoria actuación del gobierno municipal, al intervenir de la forma que lo hace en contra de los ex responsables de las ludotecas. No sólo deja de cumplir las sentencias que obligan a readmitir a los afectados, sino que incluso ignoraría el convenio que rige las relaciones laborales municipales, en el que la administración se compromete a atender por sistema a la readmisión de los afectados cuando los jueces declaran improcedente el despido. El proceder municipal de citar un día para readmitir, y despedir al siguiente, lo ha empleado sólo con cinco trabajadores, mientras los otros dos esperan acontecimientos.