Testamentos y alzhéimer

Ignacio Bermúdez de Castro
Ignacio Bermúdez de Castro PASOS SIN HUELLAS

OPINIÓN

25 abr 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

La Audiencia de Santiago ratifica la nulidad del testamento de una anciana con alzhéimer en favor de su cuidadora. En dichas disposiciones testamentarias, una nonagenaria desheredó a sus hermanas, dejando como heredera universal un importante patrimonio a su asistenta desde hace escasos meses. Después de que el Tribunal Supremo revocase la sentencia condenatoria a seis años de prisión a esta mujer, por un delito de estafa de los del artículo 248.1 del Código Penal (cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno), los familiares de la causante acudieron a la vía civil, logrando anular el testamento. Resultaron determinantes para que se hiciese justicia tres hechos. El primero es que se dio prioridad al criterio del notario de toda la vida de la anciana, que declaró que esta, debido a su deterioro cognitivo, no estaba en condiciones de otorgar testamento, por mucho que dos notarios que no la conocían de nada sí la consideraran capaz. El fedatario público es quien, a la hora de otorgarse un testamento, debe decidir si su clienta está en condiciones mentales para hacerlo. El segundo es el informe del Instituto de Medicina Legal de Galicia (Imelga), meridianamente claro a la hora de restarle validez a ese testamento por la grave enfermedad de la otorgante. Y el tercer hecho es que, con anterioridad al otorgamiento del testamento anulado, un notario no permitió que la anciana otorgase un poder a nombre de sus sobrinos por no considerarla capaz para ello. Aún cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, pero todo apunta a que no será estimado.