Un bofetón muy caro

Ignacio Bermúdez de Castro
Ignacio Bermúdez de Castro PASOS SIN HUELLAS

OPINIÓN

04 dic 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

El derecho es lo que tiene. A veces todo depende de pequeños matices que llevan a un juzgador a aplicar de una u otra forma la ley. Y esto viene a cuento por la condena a una madre gallega a no acercarse a su hijo de nueve años a menos de 200 metros, y durante seis meses, por darle un bofetón al enrabietarse el pequeño dado que su progenitora le prohibió ir a dormir a casa de su hermana. ¿Puede parecer excesiva la condena? ¿No se está condenando también al hijo al privarlo tanto tiempo de la cercanía de su madre? Difícil cometido el de los magistrados de la Audiencia Provincial de A Coruña que confirmaron la sentencia de un juzgado compostelano. A mi entender, en este tipo de asuntos hay que valorar por encima de todo la proporcionalidad del bofetón en cuestión. No es lo mismo una colleja que quizá evite males mayores, de esas que duele más al que la da que al que la recibe, que una agresión en toda regla. En este caso la sentencia recoge que la bofetada provocó un hematoma en la mejilla izquierda que necesitó de asistencia médica y que tardó dos días en curar. Visto lo visto, parece que en este caso se le fue la mano a la madre y que, con el Código Penal a la vista, a los jueces no les quedó otra que proceder a su condena al existir parte de lesiones. Pero que la ciudadanía esté tranquila. La intención de jueces y magistrados no es fiscalizar los métodos educativos de los padres para con sus hijos. Se trata de erradicar la violencia en el ámbito doméstico. Eso es lo que pretenden sentencias como la aquí comentada. Que nadie se obsesione con la idea de si habrá prescrito aquel zapatillazo con que se puso fin a mes y medio de tabarra de un niño insoportable. La cosa no va de eso.