Hubo causas pero no culpables

Santiago Tena Paz TRIBUNA

OPINIÓN

24 sep 2012 . Actualizado a las 07:00 h.

C on el auto de archivo de las diligencias penales abiertas contra los mecánicos de la compañía Spanair por el accidente ocurrido en Barajas el 20 de agosto del 2008, me ha causado estupor la decepción que dicha resolución judicial ha producido en ciertos ámbitos. Puedo entender que los familiares de las víctimas sean especialmente severos con la decisión de la Sección XV de la Audiencia Nacional, también entiendo, aunque no comparto, la reacción de las asociaciones de pilotos, pero me cuesta entender el escepticismo de otros grupos y medios de comunicación.

Las investigaciones de accidentes de aviación se centran en averiguar las causas de los mismos, no los culpables, si es que los hay. Ya en el informe preliminar del accidente se decía que el avión no podía volar porque no estaba correctamente configurado para el despegue: los pilotos no habían puesto los dispositivos que incrementan la sustentación -flaps y slats- que eran imprescindibles para que el avión despegase. Esa ha sido la causa primera del accidente. Por alguna razón los pilotos olvidaron hacer, o dejaron hecha a medias, una actuación que es habitual en la preparación de la aeronave para despegar o aterrizar. Se argumenta que el sistema que tiene el avión para advertir esa incorrecta o insuficiente configuración para el despegue no funcionó porque dicho sistema había sido desconectado para resolver la anomalía que había causado que el avión tuviese que ser inspeccionado y reparado por los mecánicos; pero el hecho es que este sistema de aviso está hecho para advertir la existencia de una actuación inadecuada, no para corregirla de forma automática, actuación que disguste a quien disguste, eran los pilotos los encargados de realizar. Ambos pagaron con su vida el error.

Como abogado estoy convencido que en el caso de haber sobrevivido al accidente, y habérseles exigido responsabilidades penales, concurrirían una serie de atenuantes de importancia tales como la presión de llevar retraso y haber tenido que regresar al aparcamiento por una avería, el elevado tráfico de aviones a esas horas y en esas fechas en el aeropuerto, posible acumulación de cansancio, etcétera. Todas ellas habrían sido de enorme peso a la hora de tomar una resolución en el ámbito penal. También comparto el criterio de la Audiencia Nacional de que no hubo por parte de las personas a las que se imputaron cargos ninguna actuación que sea incardinable en los supuestos de delito del Código Penal.

Queda abierta la vía civil y sin duda se depurarán responsabilidades económicas que al final serán asumidas casi en su totalidad por el entramado de compañías aseguradoras de la aeronave. Los supervivientes y los familiares de los fallecidos serán sin duda indemnizados. Se me dirá que el dinero no resucita a nadie y es verdad, pero también lo es que encarcelar a inocentes tampoco.