Con frecuencia se habla de reformas y recortes como sinónimos. Convendría arrojar claridad en relación con las autonomías. En el aireado informe de los expertos de 1981, que proporcionó respaldo a Calvo Sotelo y Felipe González para pactar el desarrollo del Estado autonómico, se proponía la generalización de Asambleas legislativas. Tendrían períodos de sesiones reducidos y sus miembros serían retribuidos por dietas. Una reforma que revela una cierta contradicción con la función que se les reconocía. Al día de hoy me temo que su aceptación no tendría mayor viabilidad que volver al cumplimiento de la Constitución, que supondría el respeto del principio dispositivo. La autonomía sería general, pero no todas las comunidades tendrían una Asamblea legislativa, aunque sí una Asamblea representativa, si vale el nombre, con poderes normativos. Una verdadera reforma con notorios recortes del gasto.
También se oyen lamentaciones por la pluralidad de leyes autonómicas. Es lo lógico si existen Parlamentos. Su cotejo revela que existe un mimetismo indudable. ¿Hasta qué punto son necesarias en materias tan importantes como sanidad y educación? La norma autonómica tendría la suficiente independencia para concretar los extremos que justificasen una política propia. Competencias exclusivas de las comunidades autónomas, como el urbanismo, podrían ser consideradas «reserva autonómica». La realidad demuestra que se produce una merma de protección jurídica al no entrar el Tribunal Supremo a decidir sobre el fondo de asuntos litigiosos por tratarse de Derecho autonómico. Cuando existen hechos diferenciales derivados de la historia, de la lengua, del Derecho foral o consuetudinario, del asentamiento de la población puede sí justificarse un Parlamento y un tribunal de casación.
El recorte del gasto puede hacerse reduciendo la dimensión de los órganos y organismos autonómicos o sencillamente suprimiéndolos, como se reclama en encuestas y desde la opinión publicada. La disminución del número de diputados autonómicos entraría en esa categoría. Habría que examinar caso por caso y en qué medida esos entes son necesarios desde el punto de vista de la experiencia y la finalidad para la que se crearon. No parece difícil llegar al acuerdo sobre los excesos de televisiones públicas o embajadas y similares. ¿Hasta qué punto es necesario un defensor del pueblo autonómico? El estatal responde a la importancia que se da en la Constitución a los derechos fundamentales, con competencia para interponer recurso de inconstitucionalidad contra una ley. No hay correlación. Para un buen gobierno es eficaz la obligación de transparencia, las oposiciones partidarias y los medios de comunicación. De los entes a expurgar quizá deberían salvarse tribunales de cuentas y consejos consultivos independientes. La descentralización es conveniente y un primer control de los reglamentos contribuye a la seguridad jurídica. La pira de los recortes no debe ser descontrolada.