Doce años sin directrices territoriales

| ALBINO PRADA |

OPINIÓN

08 may 2007 . Actualizado a las 07:00 h.

LA VIGENTE Ley gallega de Ordenación del Territorio se aprobó en 1995 con el compromiso de sacar adelante unas Directrices de Ordenación Territorial de Galicia, mandato que doce años después aún no se ha cumplido. Pero como la tensión urbanística, edificatoria y de desbarajuste (en volúmenes, en dispersión), ha sido mientras tanto de auténtico tsunami de ladrillo, se acaba de aprobar la congelación legal para los 500 primeros metros de costa. Ahora bien, ¿qué se sabe de las directrices de las que nadie habla y de las que debiera depender todo lo demás? Una autonomía vecina y con la agenda política no poco cargada -el País Vasco- nos demuestra que sí se pueden hacer los deberes. Pues aprobaron su Ley de Ordenación en 1990 (cinco años antes que nosotros) y tienen sus directrices aprobadas desde 1997, con lo que nos duplicaron la ventaja inicial y ya van -como mínimo- en esto con diez años de adelanto. A ellos les llevó siete años hacerlas, mientras que nosotros no fuimos aún capaces en doce. Aconsejo a nuestros redactores que cuando se pongan a la tarea las lean con detenimiento. Verán que no hace falta -ni se debe- inventar en esto la rueda, que el asunto, siendo complejo, descansa en cosas muy sencillas. Veamos algunos ejemplos a emular lo antes posible. Se establece en aquéllas un límite máximo de la oferta de suelo residencial que en los pequeños ayuntamientos no podrá superar en incremento al de las viviendas existentes, y sólo se autorizará la vivienda unifamiliar en suelos no urbanizables si está vinculada fehacientemente a una explotación agraria activa; en el resto de los casos la demanda ha de ir dirigida hacia los núcleos rurales. Define, en su modelo territorial para el conjunto del país, las necesidades de vivienda y la cuantificación de nuevo suelo residencial. Pero también la ordenación de las segundas residencias y de los recursos turísticos; por ambas vías limita la congestión en unos casos y la dispersión en otros. Tanto en el litoral como en el interior, tanto a quinientos como a diez mil metros. En otro orden de cosas -no menos importante y no de menor actualidad entre nosotros-, define a sus tres ciudades como un sistema polinuclear (los autores de los estudios previos hablan de «ciudad región vasca») y delimita quince áreas funcionales, entre ellas la que denomina Bilbao Metropolitano. De manera que, también para esto, las directrices son la forma cabal de empezar el edificio de las áreas metropolitanas. Pero como nosotros somos en todo esto tan enxebres, nos permitimos establecer en un decreto del año 1997 nada menos que 53 comarcas -de las que nada se sabe a ciencia cierta a día de hoy- sin tener directrices de ordenación previas... y, si nadie lo remedia, ya se habla de que vamos a dotarnos, diez años después, de un Plan de Ordenación del Litoral sin tener hecho el del conjunto del país.