HAY cuestiones que no consideramos baladíes, que nos molestan, suelen repercutir en nuestro bolsillo y son un abuso, pero contra las cuales no podemos luchar, porque estamos en desventaja o no tienen envergadura suficiente para que les dediquemos tiempo. Así, el ciudadano, pese a la Ley General de Defensa del Consumidor y Usuario de 1984, se encuentra indefenso ante los contratos de adhesión, es decir, aquéllos que nos vinculan con las grandes empresas suministradoras de electricidad, agua o gas, sobre las cuales no se aplica la libertad de competencia, y las compañías proveedoras de servicios, sobre todo, de telefonía fija, móvil e Internet, entre las cuales sí se puede elegir, pero a las que se nos ata con documentos trampa. Impotentes ante contratos que no podemos negociar o modificar de forma individual, los firmamos a sabiendas de que nos van a sacar la mayor cantidad posible de dinero por un producto mejorable. Bombardeados con llamadas telefónicas que nos venden las excelencias de un producto o servicio, nunca somos capaces de contactar con el servicio de atención al cliente si nuestra factura presenta errores, el servicio es deficiente o queremos darnos de baja. Para contratar sólo hace falta presentar un documento de identificación personal y número de cuenta bancaria; para darse de baja es preciso enviar copia prácticamente de todos nuestros papeles y, aun así, siempre queda la duda de que hayan acusado recibo de ellos. Veintidós años después, por fin conseguiremos una tarificación real y la simplificación de la tramitación de las bajas. Sin embargo, ¿quién nos garantiza que con la previsible reducción de beneficios las empresas no los recuperen con subidas de precios encubiertas?