ENRIQUE CURIEL
21 ene 2002 . Actualizado a las 06:00 h.Tras la apertura de un expediente disciplinario por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la decisión de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de admitir a trámite la querella por presunta prevaricación interpuesta por el fiscal general del Estado contra los miembros de la Sección IV de la Audiencia Nacional tiene una significación especial. Los mecanismos del Estado de Derecho han funcionado gracias a una opinión pública decidida a no ser mera espectadora y que no confía en la Justicia. Los jueces pueden ser juzgados. La inquietud provocada por la puesta en libertad de Carlos Ruiz Santamaría reclama una respuesta adecuada. Ineptitud, negligencia o prevaricación, son tres hipótesis en torno a lo ocurrido sobre las que los ciudadanos no debemos ni podemos pronunciarnos. Pero sí tenemos derecho a exigir responsabilidades. Nuestros jueces deben de comprender que no son unos seres intocables ungidos por un poder taumatúrgico e inaccesible. Muy al contrario, deben de ser conscientes de que su fuerza para dictar sentencias encuentra su respaldo político en la propia sociedad democrática, tal y como afirma el artículo 117 de nuestra Constitución. Es más, si la administración de Justicia naufraga, la democracia deja de existir. La legitimidad del Estado democrático descansa, en buena medida, en el correcto funcionamiento del sistema judicial por afectar al prestigio social de la propia democracia y a los derechos y libertades de los ciudadanos. Como afirma el profesor Friedrich, «una democracia sólo podrá funcionar con éxito si la judicatura a través del procedimiento de resolución judicial, administra recta e imparcialmente las normas que el pueblo ha establecido por medio de representantes». De ahí la trascendencia política de la situación planteada. La función que ha adquirido el Poder Judicial en las democracias modernas es bien diferente a la inicial, tal y como la comprendió Montesquieu. La evolución del Estado democrático, impulsado por los cambios económicos, políticos y sociales, ha modificado el propio papel del Poder Judicial propiciando su ascenso a la categoría de auténtico detentador del poder del Estado. El Poder Judicial pasa de ser mero ejecutor de la ley, a ejercer una función de control del Poder Ejecutivo, e incluso del Legislativo, a través de los mecanismos de control de constitucionalidad. El Estado de Derecho se caracteriza por la lucha contra la arbitrariedad y esta lucha se plantea también en el ámbito del Poder Judicial, sometiendo al juez a la legalidad y reduciendo su discrecionalidad. El Tribunal Supremo ha abierto la vía del procedimiento ordinario para el supuesto delito de prevaricación judicial, tal y como acaba de establecer en reciente sentencia, en la que también se avanza en la definición de la prevaricación objetiva «cuando la resolución no se encuentre dentro de las opiniones que pueden ser jurídicamente defendibles», con independencia de «las propias convicciones del juez». Ojalá que acierten pronto, por el bien de nuestra democracia.