VENTURA PÉREZ MARIÑO PUNTO DE ENCUENTRO
11 jun 2001 . Actualizado a las 07:00 h.La Constitución del 78 recogió con magnanimidad la representación popular que el régimen autoritario había suprimido. Y en esa medida nadie objetó la configuración de un sistema de representación bicameral (incluso algunos propugnaron una tercera cámara que representase a los trabajadores). La existencia de una segunda cámara se viene justificando por los constitucionalistas en base del principio federal o/y en función del principio de calidad del trabajo parlamentario (enmendar los posibles errores o apasionamientos de la Cámara Baja). Pero el Senado español no es una Cámara de las autonomías (no están representadas), ni realiza el trabajo de segunda lectura o de mejora técnica, ni es una cámara legislativa. La semana pasada el Senado despachó en tres minutos su dictamen sobre el Plan Hidrológico Nacional. Los únicos retoques al Plan fueron correcciones técnicas incorporadas por la letrada de la Cámara. Y la próxima semana la ley se aprobará por el Pleno tal cual llegó del Congreso. La situación no es nueva. En la presente legislatura, de 24 proyectos de Ley tramitados, quince han sido aprobados sin modificación alguna y nueve han sufrido ligeras alteraciones. La inutilidad es tal y tan aparente que, en un afán simulador, no cesan de crear comisiones de estudio sin sentido ni fin, así se han constituido sobre difusión de la dieta mediterránea o sobre los derechos de los concursantes de las televisiones. Ayer mismo, una comisión senatorial se desplazó a Ceuta para conocer el problema de la inmigración... Los senadores, al menos hasta ahora, han sido las segundas filas del ránking de los partidos, aunque gozan de unos magníficos emolumentos (652.929 pesetas, 14 pagas anuales en el 2000 a las que hay que añadir 125.000 más mensuales por presidir o ser portavoz de las múltiples comisiones), y a los que sólo se les exige permanecer en Madrid seis días al mes, durante ocho meses al año. La sensación de inutilidad hizo que el propio Senado, el 16 de mayo de 2000 aprobase la creación de una ponencia sobre la reforma de la Cámara Alta para reconvertirla en Cámara Territorial, -sin modificar la Constitución-. Pero la ponencia no funcionó, pretendiéndose ahora revitalizarla. A éstas alturas la pregunta es obligada. Si no se quiere modificar la estructura del Estado, ¿para qué reformar el Senado? ¿No sería más útil dejarlo como está a la espera de una reforma constitucional que certifique su desaparición? A las instituciones no sólo le es exigible que funcionen, sino que sean útiles. Y con la segunda cámara, cuando el sistema constitucional va camino de sus bodas de plata, es dable preguntarse: Senado, ¿para qué?