El juzgado reconoce como fija a una trabajadora que encadenó 16 contratos temporales durante 14 años en Medio Rural

André Siso Zapata
André S. Zapata LUGO / LA VOZ

LUGO

Sede de la delegación de la Xunta en Lugo.
Sede de la delegación de la Xunta en Lugo. ALBERTO LÓPEZ

La jueza afea a la consellería que recurriese a una «contratación fraudulenta» cuando el puesto que le pertenecía a la demandante en Lugo estaba vacante

13 abr 2022 . Actualizado a las 18:16 h.

Una trabajadora lucense que encadenó 16 contratos temporales durante 14 años en la Consellería do Medio Rural ha sido reconocida como personal fijo por el Juzgado de lo Social número 4 de Lugo. Esta sentencia afirma que la mujer, que trabajó como personal provisional entre los años 2006 y 2020 en la categoría de emisorista contra incendios forestales, obtendrá una plaza fija.

En la sentencia, con fecha de 25 de marzo de 2022, la jueza entiende que la empleada había superado un proceso selectivo en diciembre del año 2002 para acceder a la categoría de emisorista como laboral fijo de la Xunta. 

Aunque a la trabajadora no se le adjudicó ninguna de las 102 plazas ofertadas en 2002, tal y como refleja el fallo, sí consta «acreditado que ocupó la misma plaza en el Distrito Forestal Terra de Lemos desde el año 2006».

Así, la jueza afirma a continuación que «la ocupación de una plaza de forma prolongada en el tiempo [...] evidencia que dicha plaza estaba vacante en el momento de la convocatoria del proceso selectivo y, si no incluyó en la oferta de empleo público del año 2002, fue por voluntad de la Consellería». La institución, según la magistrada, «no ha acreditado» los motivos de esta decisión.

El puesto que le pertenecía realmente estaba vacante

Dicho esto, la titular del Juzgado de lo Social número 2 de Lugo —que actúa en labores de refuerzo en el número 4— afea a la Xunta en la sentencia que «no puede admitirse» que un trabajador que ha superado el proceso selectivo «esté ocupando una plaza de forma ininterrumpida en virtud de un contrato temporal» cuando este puesto «estaba vacante» en el momento de celebración de la oposición.

«No se comprende cuál es el motivo por el que la entidad demandada (la Consellería) no ofertó todas las plazas vacantes en el momento de la convocatoria, y acuda de forma abusiva a la contratación fraudulenta para la cobertura de dicha plaza de forma continuada», critica la jueza en su escrito.

Después de sus 16 periplos en el puesto que le habían asignado en el distrito de Terra de Lemos durante 14 años, la mujer se trasladó, también con un contrato temporal, al distrito forestal de Caldas-Salnés.

Ya tenía una sentencia a su favor

No es esta la primera vez que el juzgado le da la razón a la trabajadora lucense. Y es que, en el año 2012, el Juzgado de lo Social número 2 de Lugo declaró improcedente el despido que había sufrido la demandante cuando ocupaba uno de los puestos de esos 16 contratos temporales que tuvo en Lugo. Entonces, la jueza obligó a la consellería a indemnizar a la trabajadora o a readmitirla, opción por la que se inclinó la institución.

El sindicato Comisiones Obreras, que gestionó la demanda, celebró en un comunicado esta resolución judicial, que apunta a la «contratación fraudulenta en las administraciones públicas» y que «acoge el criterio fijado por el Tribunal Supremo» para sancionar a la Xunta al decretar la fijeza de la relación laboral en estos supuestos.

Por todo esto, la jueza falló que la trabajadora ostenta la condición de personal laboral fijo de la Administración demandada, es decir, la Consellería do Medio Rural, desde el 6 de julio del 2006, momento en el que comenzó su primer contrato temporal en el distrito de Terra de Lemos.

Ante la sentencia cabe un recurso de suplicación, según explica la jueza al final del documento.