Patrimonio que se puede ir al limbo por no quedar registrado

Xosé María Palacios Muruais
Xosé María Palacios VILALBA / LA VOZ

LUGO

PALACIOS

Instituciones y asociaciones detectan graves carencias en un plan elaborado por la Xunta

02 mar 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

El patrimonio es noticia a veces por daños que se le causan o por acciones que se realizan para combatir esos daños. ¿Puede serlo si desaparece por no quedar recogido en documentos? Un plan básico elaborado recientemente por la Xunta, cuya redacción es un desarrollo de la Lei do Patrimonio Cultural de Galicia, contiene, según subrayan expertos y reponsables de entidades, numerosas omisiones. Advierten que la ausencia de esos elementos puede causar graves consecuencias en el futuro, sobre todo si los concellos carecen de un plan de ordenación municipal.

EL PRECEDENTE

Un catálogo provincial. En ayuntamientos sin Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM), hasta ahora cuestiones como las distancias de protección a determinados elementos se regulan por su inclusión en un listado anexo a las normas provinciales de planeamiento. La distancia que se debe respetar con esos elementos es de 50, 100 o 200 metros según los casos.

EL VALOR

Inexactitudes pero eficacia. Los catálogos tienen una amplitud que varía de unas provincias a otras, explica Eduardo Ramil, director del Museo de Prehistoria e Arqueoloxía de Vilalba (Mupav). El de Lugo, por ejemplo, es bastante amplio, porque recoge lo incluido en catálogos de los años setenta. En algunos casos, afirma, la concreción y las localizaciones geográficas son mejorables, aunque su valor es innegable, como también lo son los efectos que produjo: sirvió para mantener un nivel de protección de muchos elementos.

REDUCCIÓN

De tres categorías a dos. En el listado de las normas provinciales se recogía la posibilidad de que los bienes apareciesen clasificados en tres apartados distintos (de interés cultural, inventariados y catalogados); con este plan básico de la Xunta, en cambio, solo se prevén dos categorías (bienes de interés cultural o catalogados).

DISMINUCIÓN

Ausencia de elementos. Solo en un municipio como Vilalba, apunta Eduardo Ramil, el número de cristos, cruces y cruceiros que estaban inventariados se acercaba a 200: en este nuevo catálogo, agrega, solo aparece el cristo de Lanzán, situado en la parroquia de Tardade. Ese contraste supone, para el director del Mupav, una paradoja: es habitual que un nuevo catálogo incorpore elementos ausentes en los anteriores, mientras que en este caso hay un retroceso.

COMPARACIÓN

Situación que también se da en otras comarcas. Colectivos como MariñaPatrimonio o Patrimonio dos Ancares aseguraron, tras consultar el documento que en diversas comarcas de Lugo (A Mariña, A Fonsagrada y su entorno, Os Ancares...) había abundantes omisiones: solo en la comarca ancaresa, se advirtió que faltaban 187 elementos actualmente catalogados. Las dos citadas entidades decidieron realizar alegaciones para solicitar su inclusión. El director del museo de la capital chairega, por su parte, afirma que la administración puede actuar de oficio para corregir ciertas situaciones.

 CONSECUENCIA

Las ausencias pueden entrañar riesgos. Según la citada ley autonómica del patrimonio (artículo 92.1), elementos como hórreos, cruceiros y petos de ánimas tienen la consideración de bienes de interés cultural si se puede confirmar que se construyeron antes de 1901. Pero, agrega Ramil, puede ser difícil de acreditar el origen de un elemento si no hay un catálogo en el que figure de manera detallada. Si no se acredita su construcción, varía el el grado de protección, pero también cambian las consecuencias de unas posibles agresiones: por ejemplo, la demolición total o parcial de un bien de interés cultural será considerada infracción muy grave (artículo 131.b) y sancionada con multa de 150.001 a un millón de euros (artículo 133.1.c).

EFECTOS

Norma de gran alcance. El plan básico de la Xunta será la normativa que rija cuestiones de protección en municipios sin plan general. Basta recordar casos como el de Guitiriz o el de Vilalba, en donde los primeros pasos de la elaboración se iniciaron en la pasada década y todavía no ha concluido el proceso, para entender tanto la lentitud del proceso como la importancia de ese plan impulsado por la Xunta.

DERIVACIONES

Sin catalogación hay menos reparos. La Lei do Patrimonio indica cómo actuar para la concesión de autorizaciones en bienes de interés cultural o catalogados. Dice (artículo 39.1): «As intervencións que se pretendan realizar en bens de interese cultural ou catalogados, así como, de ser o caso, no seu contorno de protección ou na súa zona de amortecemento, terán que ser autorizadas pola consellaría competente en materia de patrimonio cultural, coas excepcións que se establecen nesta lei. A utilización dos bens declarados de interese cultural ou catalogados quedará subordinada a que non se poñan en perigo os valores que aconsellan a súa protección, polo que os cambios de uso substanciais deberán ser autorizados pola consellaría competente en materia de patrimonio cultural».

REPARO

Críticas al trazado del entorno de protección. En elementos como un castro, el nuevo plan establece que el área de protección, de 200 metros, se tome teniendo como referencia el punto central del yacimiento. Lo normal, opina Eduardo Ramil, es hacerlo desde el contorno exterior para que así toda la estructura cuente con una protección más eficaz.