Una sentencia del Supremo podría obligar a tirar parte de una casa

La Voz LA VOZ | VIVEIRO

LUGO

12 oct 2006 . Actualizado a las 07:00 h.

?l 31 de diciembre de 1976 el Concello de Viveiro, Ramón Salgueiro Abad, y Consuelo Goás Cachón y Francisco Méndez Goas, propietarios de la casa número 21 de la plaza Mayor, anexa al consistorio, firmaron un convenio que permitiría elevar el citado inmueble hasta las cinco plantas, al redactar un plan general o unas normas subsidiarias de planeamiento. Como contrapartida, estos vecinos consentían trasladar la servidumbre de luces y vistas (en la pared medianera) a la cuarta planta y sucesivas del edificio para poder así construir la nueva casa consistorial. El Ayuntamiento no pudo cumplir aquel pacto porque, en la tramitación del plan especial de protección y reforma interior del casco antiguo (Pepri), la Xunta impuso la consolidación de las alturas de las edificaciones del lado norte de la plaza Mayor. Para resolver la discordancia entre el compromiso adquirido por el Concello y el Pepri, ambas partes acordaron, el 25 de noviembre de 1997, que el Ayuntamiento indemnizaría a Méndez Goas con 120.000 euros. Este último interpuso un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo de la comisión de gobierno del 17 de enero de 1994, con el popular César Aja al frente, que concedía licencia para construir un edificio en la calle Nicolás Cora. La obra se ejecutó y, tras sucesivos recursos, el Tribunal Supremo, en el 2001, acabó dando la razón al particular y ordenando la demolición de las dos últimas plantas. El Concello decidió en el 2002 abrir una calle detrás de ese edificio para dar acceso a fincas. La oposición (PP) critica que el gobierno local (PSOE-BNG) no haya iniciado la compra o expropiación de terrenos para abrir la vía.