Multas que hipotecan la letra del coche

M.??Cuadrado / R. Rodríguez LUGO

LUGO

PRADERO

Distintos reglamentos contemplan sanciones por infracciones cometidas en cascos urbanos La ordenanza municipal sólo regula pagar por incumplir la Ora y ensuciar la calle

07 ago 2004 . Actualizado a las 07:00 h.

Salir a la calle implica riesgos al peatón y posibles sanciones al conductor. Ser prudente y correcto al volante nos puede librar de pagar multas al cometer infracciones. Los lucenses, atendiendo a la ordenanza municipal, deben cuidarse de no circular con un vehículo ensuciando la calzada debido al barro acumulado en las bandas de rodadura. Por esto pagarán 60 euros de sanción, mientras que por estacionar en zona ORA sin tique válido, 48. Si sobrepasan la hora límite de estacionamiento indicada en el tique de la ORA, deberán abonar 30 euros, tres veces menos que si aparca su vehículo con un peso superior a 3.500 kilos en vía urbana. Las tasas de la grúa van desde los 33 euros por enganche hasta los 66 por traslado. El infractor deberá pagar 50 céntimos por cada media hora de depósito, 90 por una hora y 8 euros por jornada. El coste de las sanciones para las motocicletas por este concepto es la mitad. Al margen de la ordenanza municipal, la Ley de Seguridad Vial contempla sanciones de 60 euros por utilizar el teléfono móvil sin manos libres o dejar animales sin custodia en la vía pública. Las sanciones por circular por una plaza, glorieta o encuentro en vías en sentido contrario son de 450 euros; de 90 euros por no señalizar eficazmente el vehículo inmobilizado en la vía; 450 por circular con un vehículo inclumpiendo las condiciones técnicas que garantizan la seguridad vial; 150 por circular sin placas de matrícula y 90 por estacionar en vía urbana de doble sentido separado del borde derecho de la calzada. Los conductores lucenses tampoco deben olvidar que el Reglamento General de Circulación contempla sanciones de 60 euros por arrojar, depositar o abandonar objetos o materiales en la vía, circular con el vehículo con el escape libre, sin silenciador de explosiones o con éste ineficaz, por transportar en el coche un número de personas superior al de plazas autorizadas o por realizar operaciones de carga y descarga en la vía. Circular en sentido contrario por una vía se penará con 450 euros de multa y 300 por circular por la izquierda en una vía de doble sentido de circulación en sentido contrario al estipulado en la curva, cambios de rasante o tramo sin visibilidad. Las sanciones por conducir el con una tasa de alcohol en aire aspirado desde 0,21 hasta 0,34 miligramos por litro van desde 450 hasta los 600 euros. Velocidad La velocidad, sobre todo cuando es elevada, también representa un serio peligro para la seguridad y el bolsillo. Circular desde 106 a 116 kilómetros teniendo limitada la velocidad a 50 kilómetros por hora y tratándose de limitación genérica en vía urbana o travesía implica el pago de una sanción de 450 euros. Estas multas (al margen de la retirada del permiso) varían en función de la velocidad y de las limitaciones, si bien la más elevada es de 600 euros por circular a 106 kilómetros por hora teniendo limitada la velocidad a 40 y tratándose de una limitación señalizada. Este reglamento también contempla el pago de sanciones por valor de 150 euros por entrar con el vehículo en una intersección y quedando detenido de forma que se impida la circulación transversal. La misma cuantía está establecida para los que no respetan la prioridad de paso de los peatones en la zona señalizada para ellos o por conducir hacia atrás y poder evitar esta maniobra. Los agentes podrán sancionar con 150 euros a quien adelante en un paso de peatones señalizado; con 120 por estacionar en zona de carga y descarga sin realizar estas operaciones, en paradas de taxis o en zonas reservadas al bus escolar; con 120 por estacionar en doble fila y con 60 en caso de que el conductor esté identificado. Las multas por aparcar en lugares reservados para ambulancias son de 42 euros, de 90 por estacionar en jardines y de 60 por hacerlo en la acera. Por circular por zona peatonal hay sanciones de 48 euros, y por no llevar lentes correctoras y su repuesto (cuando se indique en el permiso), de cinco euros.