Una piedra en el camino

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LEANDRO

Un vecino de Begonte fue condenado por agredir a una mujer después de encontrarse en una pista con un obstáculo que no le permitía pasar con su coche

01 may 2003 . Actualizado a las 07:00 h.

?l alcohol ya se sabe que, en ocasiones, no es un buen compañero y menos de viaje. De todos es sabido los problemas que acarrea al volante. Los juzgados lucenses resuelven semanalmente decenas de denuncias formuladas por las agentes de la Guardia Civil de Tráfico. De todos modos, no son frecuentes casos como el que protagonizó un vecino de Begonte, José Íñiguez Platas, de 51 años. Este hombre, que no tiene antecedentes penales computables a efectos de reincidencia, según dice la sentencia, circulaba con su coche, sobre las once y cuarto de la noche del 29 de diciembre de 2001 por una pista que conduce de Carral a Saavedra, en el término municipal de Begonte. En un momento dado se encontró con una piedra de gran tamaño en la vía pública que le impidió continuar el paso. José Íñiguez no creyó que el percance fuese fruto de la casualidad, ni mucho menos. Pensó que había sido colocada de forma intencionada para impedirle que pasase. Esta circunstancia le llevó a encaminarse hasta la casa de su vecina Amancia Vázquez Penalonga ante la cual estaba colocado el pedrusco. Dice la sentencia que, tras una discusión inicial, el acusado se abalanzó sobre ella. La agarró fuertemente por los brazos y la tiró al suelo. Como consecuencia de la acometida, la vecina sufrió diversas lesiones consistentes en hematomas en los brazos, codo izquierdo y nalga derecha, así como una contractura lumbar. De estas lesiones, la mujer tardó 21 días en curar y 15 estuvo imposibilitada para sus quehaceres habituales. Intervención policial La Guardia Civil tuvo que acudir al lugar. Intentó retirar la polémica piedra de la calzada pero el acusado lo impidió con actitud violenta. Se colocó con los pies encima de la misma y reiteró su conducta, aclara la sentencia, cuantas veces fue requerido a ello. Los agentes también le pidieron que apartara de la vía el automóvil para que el tránsito por la pista se pudiese desarrollar con normalidad pero se opuso reiteradamente. La patrulla sospechó que el conductor podía estar bajo el efecto de bebidas alcohólicas, procedió a realizar la prueba. En la primera de ellas dio una tasa de 0,87 miligramos de alcohol por litro de aire espirado y 0,73, en la segunda. El acusado presentaba, además, los síntomas que evidenciaban su embriaguez: cara ligeramente enrojecida, ojos brillantes con notable capa húmeda, pupilas dilatadas, comportamiento exaltado, habla pastosa, halitosis alcohólica notoria a distancia, repetición de frases e ideas y deambulación titubeante. El fiscal calificó los hechos como un delito contra la seguridad del tráfico, por el que acepto cumplir tres meses de multa a razón de seis euros diarios; y sendas faltas de desobediencia leve a los agentes de la autoridad y lesiones, que le suponen una multa de 45 días a seis euros. En concepto de responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar a Amancia Vázquez Penalonga en la cantidad de algo más de 2.000 euros. También tendrá que pagar 223, 37 al Sergas en concepto de la asistencia sanitaria prestada a la lesionada después de producirse el incidente hace ya tres años.