Noticias históricas | Hallazgo de un documento en el Archivo Histórico Nacional En un códice de 1579 se describe como se organizó una recaudación popular para rescatar a Cervantes y otros soldados y marinos que cayeron presos del rey de Argel
16 dic 2005 . Actualizado a las 06:00 h.En el Archivo Histórico Nacional, sección Códices, libro 120B, conservan un documento sobre el rescate de Miguel de Cervantes después de caer presionero en Argel junto a otros cristianos en 1579. Era un documento desconocido y que hemos estudiado precisamente en el año que se celebra el IV centenario de la publicación de El Quijote. Cervantes tiene relación con Monforte porque el Conde de Lemos fue su gran mecenas y protector. En la segunda parte del Quijote aparece una dedicatoria de Cervantes al Conde de Lemos, firmada el 31 de octubre de 1615: «...En Nápoles tengo al Gran Conde de Lemos que me sustenta, me ampara y me hace más merced que yo acierto a desear». Los encargados de hacer aquel rescate en 1579 fueron los padres redentores de la Santísima Trinidad, fray Juan Gil, procurador general de la dicha orden, y fray Antón de la Bella, ministro del monasterio de Baeza (Jaén). Contaban con el consentimiento del Rey y de su consejo, que hicieron ciertas puntualizaciones al respecto. Los autorizaron para «.... yr a la ciudad de Argel a redención de cuantos cautivos puedan, pedir y demandar recibir aver y cobrar ... de todas e qualesquier personas, tesoreros, receptores y depositarios ... e para poder rescibir e cobrar qualesquier maravedís tocantes y pertenecientes a la dicha Redención ...». Muchos presos En el despacho expedido por el rey en Madrid el 13 de agosto de 1579, dirigido a los frailes trinitarios menciona que los frailes deberían ir a Argel a rescatar cautivos cristianos «....por los muchos cristianos que se entendía avía cautivos en Argel ...». Se les notificaba que no podían recibir cantidad alguna al pasar por ciudades, villas y lugares si no estaban presentes los dos religiosos citados y el escribano público, Pedro de Anaya de Zúñiga, nombrado por su Majestad para tal efecto, ante quien se haría todo lo tocante a la redención para que diese fe y testimonio de todo. Los tres tenían que firmar la escritura de concierto, entregarían recibo del dinero percibido que asentarían en el libro correspondiente, especificando la cantidad, la persona que hacía la donación y para qué efecto se hacía. El salario del escribano sería de 500 maravedís diarios y no podría cobrar ninguna otra cantidad de persona alguna. El importe obtenido, tanto de donativos, limosnas y memorias como de otras promesas particulares, se asentaría en tres libros en presencia de los dos religiosos y del escribano. En el momento de embarcar para Argel, desde el puerto, enviarían al Consejo un copia firmada, indicando las partidas de maravedís, oro, plata, joyas, etc. que hubieren recibido para el rescate. El dinero podría emplearse en comprar mercancía y otras cosas para llevar a Argel, con objeto de obtener un beneficio con la venta. Se podrían cambiar mercancías por cautivos. Los apuntes se harían en presencia de los dos padres Gil y de la Bella ante el escribano Pedro de Anaya. El rescate sería, en primer lugar, de cristianos que tuvieran dinero particular consignado para ello. Si no alcanzara, siendo poca la cantidad restante, se cubriría lo que faltaba con dinero procedente de limosnas generales. Si los cautivos de quien se llevaba orden de rescate hubiesen renegado de la fe católica o fallecido, se anotaría en el libro correspondiente y el escribano daría fe. El dinero se devolvería a la persona que hizo la entrega, a no ser que en el momento de realizarla hiciera constar que se destinara en otros cautivos, con preferencia personas necesitadas. El importe restante de lo recaudado se emplearía en rescatar a tantos cautivos como se pudiera, con preferencia niños y mujeres por ser los que más peligro corrían. No se realizaría la redención por vía de empeño o de empréstito. Se haría una lista de todos los rescatados, anotando el nombre de la persona, las señas de identificación, vecindad, edad, nombre de los padres, nombre de la persona de quien se rescataba, precio del rescate, fecha y lugar donde había sido hecho prisionero y procedencia del dinero utilizado para la redención. Otra recomendación que se hacía a los frailes era el recato requerido en la manera de tratar al rey de Argel, y a las demás personas con las que tuviesen relación. En una carta del Rey escrita en El Pardo el 4 de noviembre de 1579, dirigida al duque de Nájera, virrey de Valencia, le comunica que los dos frailes habían sido nombrados para ir a Argel a rescatar a los cautivos cristianos, y que por ser obra pía les diese licencia para sacar y llevar de aquel reino las limosnas generales y particulares, así como mercancía de toda clase, oro, plata, perlas, dinero, paño, aljófar, haciéndolas tasar y valorar por las personas que creyera conveniente para que no pudieran sacar más de quince mil ducados y pudiesen fletar desde el puerto valenciano un navío. El importe de lo recaudado en dinero, desde el día 13 de agosto de 1579 que se le autorizó la comisión hasta el 8 de mayo de 1580, alcanzó un monto de 4.506.140 maravedís y medio. Esta cantidad procedía de los monasterios de Andalucía: 748.000 maravedís y de Castilla: 584.480, el resto eran donaciones del Rey, señores de sus Reales Consejos y limosnas de particulares. La familia de Cervantes Entre ellas se encuentra lo que la familia de Cervantes entregó para su rescate. Reproducimos el escrito a que hace referencia la misma fuente: «(al margen: Miguel de Cervantes, vezino de Alcalá de Henares). Iten despues de lo susodicho en la dicha villa de Madrid a trynta e un dias del mes de julio del dicho año (1579) en presencia de mí, escribano público y testigos ... rescibieron los dichos padres fray Juan Gil y fray Anton de la Bella trezientos ducados de a onze reales cada ducado que suman ciento y doze mill y quinientos maravedís. Los dozientos y cinquenta ducados de mano de doña Leonor de Cortinas, biuda muger que fue de Rodrigo de Cervantes y los cinquenta ducados de doña Andrea de Cervantes, vezinas de Alcalá, estantes en esta corte para ayuda del rescate de Miguel de Cervantes vecino de la dicha villa, hijo y hermano de las susodichas que está captivo en Argel en poder de Alí Mamí capitán de los bageles (barcos) de la armada del Rey de Argel, que es de hedad de treynta y tres años, manco de la mano yzquierda, y de los que otorgaron obligaciones y cartas de pago y recibo de los dichos maravedís, ante my el dicho escribano siendo testigos Juan de Quadros y Juan de la Peña, estantes en esta corte, en fee de lo qual lo firmaron los dichos religiosos e yo el dicho escrivano».