La Justicia condena a Audasa a devolver la mitad de los peajes que cobró durante las obras de Rande

Carlos Punzón / José Manuel Pan REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

Imagen de archivo de las obras de ampliación del puente de Rande.
Imagen de archivo de las obras de ampliación del puente de Rande. M. MORALEJO

La Audiencia de A Coruña considera «no admisible» que el usuario de la autopista tenga que pagar lo mismo cuando la autopista está limitada por trabajos en la calzada que cuando el servicio se presta con normalidad.

28 feb 2026 . Actualizado a las 01:47 h.

Cobrar peajes en su importe íntegro cuando una autopista está en obras y se merma la calidad del servicio que debería prestar, es una práctica abusiva. Lo determinó hace cinco meses el Tribunal Supremo y lo ha vuelto a corroborar ahora la Audiencia Provincial de A Coruña con una nueva sentencia dictada por las reclamaciones presentadas por usuarios de la AP-9 que se vieron perjudicados por los atascos causados por las obras de ampliación del puente de Rande efectuadas entre febrero del 2015 y junio del 2018.

El primero de los fallos judiciales se produjo por la denuncia directa de la Fiscalía provincial de Pontevedra, a la que se adhirieron la plataforma de consumidores gallega En Colectivo y la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae). La nueva sentencia acaba de llegar ahora como respuesta a la apelación que contra un fallo condenatorio interpuso la concesionaria Audasa a raíz de la denuncia formulada en el Juzgado de Primera Instancia número 12 de A Coruña por 21 personas físicas y jurídicas, en su mayoría titulares de empresas de transportes gallegas. La demanda, tramitada por el abogado herculino Xoán Antón Pérez-Lema, perseguía la devolución de los importes cobrados «por cumplimiento defectuoso del contrato» que se establece de manera automática entre conductores y concesionaria al pagar los primeros el importe de los peajes.

Sin contraprestación adecuada

«A lo largo de tres años y medio, los usuarios que utilizaron la autopista AP-9 en el tramo afectado por las obras de ampliación de los accesos y del puente de Rande, se vieron obligados a pagar el importe íntegro del peaje, sin recibir en contraprestación los servicios en condiciones de normalidad por parte de la concesionaria Audasa», considera probado la sección quinta de la Audiencia de A Coruña. El tribunal estima, como lo había hecho previamente el Juzgado de Primera Instancia, que los conductores que vieron recortadas las prestaciones de la autopista a causa de las obras vieron limitados sus derechos, «pues mientras ellos cumplían en su integridad con su obligación de pago del peaje, recibían de la concesionaria un cumplimiento defectuoso de sus obligaciones, al no prestar los servicios propios, inherentes y exigibles en la utilización de una autopista, viéndose obligados a sufrir retenciones, pérdidas de tiempo y demás molestias», indica el fallo dado a conocer hoy.

«Lo que no es admisible es que la contraprestación del usuario sea la misma que cuando el servicio se presta en condiciones de normalidad», detalla la sala con un fallo que puede marcar un antes y un después en las autopistas españolas.

Solo la mitad del importe

Los 21 demandantes reclamaban la devolución de 63.275,73 euros pagados en peajes en los tramos afectados por retenciones, atascos y limitación en el número de carriles disponibles. Sin embargo, la sala de la Audiencia establece que «la devolución del precio solo procede en aquellos casos en que la entidad demandada incumplió sus obligaciones, esto es, cuando la ejecución de las obras afectó a la fluidez del tráfico». Dicha decisión supone que Audasa deberá devolver la mitad de los peajes a los demandantes en los días en los que los informes de la Dirección General de Tráfico (DGT) hayan determinado que el nivel de intensidad de tráfico fuese determinado como de nivel negro, rojo o amarillo, gradación que marcan la intensidad de las retenciones.

La devolución deberá reclamarse aportando los tiques de los peajes o facturas que reflejen haber abonado los mismos con dispositivos de telepeaje. Eso sí, si la concesionaria rechaza el pago, los beneficiarios deberán esperar a la fase de ejecución de sentencia, si bien, esta aún podrá ser recurrida por la empresa ante el Tribunal Supremo, vía que ya aprovechó sin éxito en el caso anterior, ahora recurrido en última instancia ante el Tribunal Constitucional.

«No compartimos el criterio de los demandantes, acogido en la sentencia de instancia, de que el mero hecho de la existencia de las obras justifique el incumplimiento contractual y, en consecuencia, se pueda considerar que el incumplimiento abarcó todo el período de realización de las obras, con independencia de que se hubiese realizado el trayecto sin incidencia alguna o con retenciones que afectaban a la fluidez», se especifica en la sentencia, en la que se añade que entiende que el incumplimiento se produjo «cuando las obras afectaron a la fluidez y prestaciones propias de la autopista y, a pesar de ello, no se informó de esta circunstancia a los usuarios con la antelación suficiente para evitar el atasco o poder escoger una ruta o vía alternativa». 

La empresa alega el permiso de Transportes y el cobro para garantizar su salud financiera

El fallo de la Audiencia de A Coruña hace especial hincapié en que pese a que la realización de las obras de ampliación del puente sobre la ría de Vigo, y la larga duración estimada de los trabajos, Audasa no tomó ninguna medida para agilizar el tráfico, no advirtió a los conductores sobre las retenciones antes de que estos se adentrasen en la autopista, y no rebajó el precio de los peajes, pese a ser consciente de que no iba a ofrecer en los tramos afectados de la AP-9 las prestaciones que se supone garantiza un vial de pago de alta capacidad.

«Dice la apelante que, dado que se conocía que había obras, si accedieron a la autopista (los usuarios) es que consintieron libremente circular en esas condiciones. El argumento no se comparte porque, aunque el usuario conociese que había obras, lo que ignoraba al entrar en la autopista eran las irregularidades en el tráfico y las consecuencias a que se enfrentaba en cada viaje», argumentan los magistrado en el nuevo fallo.

Efectivamente, Audasa ha venido manifestando en sus recursos presentados en los dos casos que las obras de ampliación del puente de Rande y los accesos a Vigo se realizaron bajo el amparo de convenios específicos firmados con el Ministerio de Transportes. Añade que al haber cumplido con lo acordado con la Administración y mantener la autopista abierta al tráfico, tenía el derecho legal de seguir cobrando el peaje íntegro para garantizar el equilibrio económico-financiero de la concesión, condición esgrimida recurrente por Audasa.

Una obra que lleva aparejada subidas del 1 % cada año

La ampliación del puente de Rande permitirá a Audasa aplicar una subida acumulativa en el precio de los peajes del 1 % cada año hasta el 2038. Veinte ejercicios en los que los usuarios de cualquier tramo pagarán la obra de la ría de Vigo y la ampliación llevada a cabo al mismo tiempo en Santiago. Además, la factura a pagar crece a razón de un 8 % cada año en intereses de demora a favor de Audasa, motivo que lleva ya de 228,1 millones a 344 millones de euros su importe.