Caso Jéssica Méndez: el cuñado del único acusado alertó a la joven instantes antes de su muerte
GALICIA
El coche de José Eirín impactó contra la puerta del vehículo de la víctima a más de 80 kilómetros por hora. Se cumple un año de la muerte de la joven
25 mar 2023 . Actualizado a las 05:00 h.Jéssica Méndez falleció hace poco más de un año después de que su coche fuera embestido por el de un vecino que, según expusieron varios testigos, estaba obsesionado con ella. Hay pocos detalles de aquel caso, pero los que se van conociendo pasado ese tiempo permiten hacerse una idea de cómo fueron los momentos previos del accidente y la situación de acoso que la fallecida sufría. Así, un auto de la sección segunda de la Audiencia de Pontevedra expone que varios testigos manifestaron «la presunta existencia de un obsesivo enamoramiento no correspondido del investigado hacia su vecina», y aludieron a que este sometía a la fallecida a vigilancias, «incluso, en momentos previos de ese mismo día de los hechos».
Resulta significativo que el cuñado del único encausado, José Eirín, el mismo 17 de marzo del año pasado «y en instantes previos» a la fatal colisión, ya habría puesto en conocimiento de Jessica Méndez que este «aguardaba dentro de su vehículo a que ella saliera de casa». Sin embargo, su advertencia no pudo evitar la brutal colisión que le costó la vida a esta vecina de Barro de 29 años. Falleció tras el impacto, cuando ya estaba hospitalizada en el Álvaro Cunqueiro de Vigo.
El informe elaborado por la Guardia Civil dibuja cómo fue este accidente. La investigación de los agentes «descarta de forma contundente que el vehículo de Jéssica Méndez se hubiera incorporado de forma indebida a la vía N-550 por la que circulaba el vehículo del investigado». Analizando las huellas de fricción de las ruedas del Seat Ibiza, el coche que conducía la fallecida, concluye que «indicarían que estaba detenido a unos dos metros y setenta centímetros de la línea borde de la calzada que configura la carretera principal N-550 (A Coruña-Tui) y situado de forma perpendicular a la vía principal». Esto corroboraría que se encontraba detenida delante de una señal de stop esperando a incorporarse a la nacional en el momento en el que recibió el impacto del Seat Toledo conducido por José Eirín.
Los investigadores de la Guardia Civil de Tráfico subrayan que «no daría lugar a la duda de que se encontraba fuera de la calzada de la N-550 cuando fue impactado por el [coche] del investigado». Así lo recoge el auto judicial, en el que también se incide en que, en cuanto a la posible dinámica del accidente, se analizaron trayectorias, posiciones finales de los vehículos implicados, características de la vía y la inexistencia de huellas de frenada o de maniobras evasivas.
Estos datos «vendrían a indicar un desvío del vehículo del acusado, sin justificación aparente en otra causa, hacia el vehículo conducido por Jéssica Méndez y detenido fuera de la calzada por la que aquel circulaba».
La hipótesis de trabajo de los investigadores policiales es que el Seat Toledo impactó de forma directa contra la puerta de la conductora «a una considerable velocidad» en un tramo recto, con buena visibilidad y «sin adoptar ningún tipo de maniobra de evasión». En principio, la Audiencia de Pontevedra alude a que la velocidad a la que circularía José Eirín en el momento del choque sería de entre 80 y 90 kilómetros por hora.
Uno de los argumentos esgrimidos por la defensa del acusado es que este fue el primero en marcharse del lugar de Constela aquella mañana de la que se cumple ahora un año, por lo que no tenía posibilidad de saber cuándo haría lo propio la fallecida. Sin embargo, los magistrados recogen las tesis de la Fiscalía a la hora de reseñar que «sería perfecto conocedor de las rutinas diarias» de la joven «por su condición de vecino». En sus primeras declaraciones, Eirín apuntó a la tesis de un accidente de tráfico convencional, sin que hubiera ninguna vinculación con esa persecución a la joven.
A falta de que concluya la instrucción judicial, que se ha visto afectada por la huelga de letrados de la Administración de Justicia, todas las fuentes consultadas remarcan que en ningún caso se podrá solicitar la prisión permanente revisable para José Eirín. Así, precisaron que esta pena solo puede recaer en aquellos condenados que hayan asesinado a un menor de 16 años o a una persona especialmente vulnerable, que el crimen hubiera precedido a una agresión sexual, que el autor fuese un integrante del crimen organizado o que la persona encausada hubiera acabado con la vida de dos o más personas.
Es por ello que tanto las acusaciones particulares, así como la Fiscalía de Pontevedra, tienen previsto solicitar penas, previsiblemente, de entre los 15 y los 25 años de cárcel. Por el momento, se le considera, tal y como recoge el auto de la Audiencia de Pontevedra, «presunto autor de un delito de asesinato o de homicidio», cargo este último que lleva aparejadas penas que, no obstante, se mueven en un arco comprendido entre los diez y los quince años.
A este respecto, los magistrados de la Audiencia de Pontevedra remarcan que «no es decisivo para calificar los hechos como un delito contra la vida de las personas si la decisión final de dirigir su coche contra el de Jéssica Méndez habría sido pensada tiempo atrás, en la mañana de ese mismo día o al verla parada en el stop».