La abogacía exige una reforma legal para desalojar a los okupas en 48 horas

Carlos Punzón
C. PUNZÓN VIGO / LA VOZ

GALICIA

Manifestación contra la okupación, las drogas y la delincuencia convocada por una plataforma vecinal en el barrio coruñés de Os Mallos en el mes de septiembre
Manifestación contra la okupación, las drogas y la delincuencia convocada por una plataforma vecinal en el barrio coruñés de Os Mallos en el mes de septiembre ANGEL MANSO

Estima que policía y jueces deben actuar en cuanto haya una denuncia

07 jun 2022 . Actualizado a las 18:01 h.

Las cifras de okupación de inmuebles en España alcanzaron en el 2021 su cifra récord: 17.274 casos conocidos por las fuerzas de seguridad. En esa evolución, que parece haberse frenado en el arranque de este año, han reparado colegios de abogados de todo el Estado para plantear a los poderes ejecutivo y legislativo que afronten una nueva reforma legal para aclarar y simplificar la acción contra los okupas, de entrada con una medida determinante, como el desalojo en menos de 48 horas.

«La actual legislación genera grandes dudas de interpretación respecto de la aplicación de una medida cautelar cuando se denuncia una usurpación de una vivienda que no constituye morada», advierten los abogados tras un encuentro promovido por los colegios de Barcelona, Mataró y Málaga. Los letrados entienden que el problema en situaciones semejantes radica en el retraso de la respuesta policial y judicial a la demanda de los propietarios y vecinos afectados.

Búsqueda y detención

«Los vaivenes jurídicos registrados en los últimos años en materia de okupación de viviendas no ayudan a determinar un marco legislativo claro y estable», abundan en sus conclusiones. Frente a ello reclaman que se modifique de nuevo la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que ya se enmendó en el 2018 frente a las okupaciones, para dar ahora carácter de «primeras diligencias» a la recogida de pruebas sobre la usurpación del inmueble, para a continuación detener a los presuntos responsables del delito y proteger a los afectados por el asalto. Una requisitoria para ordenar la búsqueda del okupa si no es detenido en el momento de recuperar el inmueble también la sugieren los abogados.

Todo ello se acometería tras ordenarse judicialmente el desalojo cautelar en un plazo máximo de 48 horas tras ser denunciada la okupación y si los usurpadores del inmueble no presentan un título jurídicamente válido que los relacione con la vivienda. A los servicios sociales municipales les serían notificado para que faciliten el realojamiento dependiendo de la vulnerabilidad de los desalojados.

Advierten los colegios de abogados en sus conclusiones que «bajo la falsa apariencia de okupación basada en el estado de necesidad se ocultan grupos o personas que operan en la más absoluta clandestinidad e impunidad, obteniendo beneficios económicos de la okupación de la vivienda, tanto por ofrecerla a terceras personas como por exigir a su propietario una compensación económica para recuperar la vivienda», subrayan. Inciden con intensidad en que «ninguno de los cauces legales previstos en la vía penal resultan plenamente satisfactorios y se demoran temporalmente de forma extraordinaria».

Por esa debilidad que achacan a la legislación actual, los colegios oficiales piden que se revisen los mecanismos legales en vigor para, sobre todo, hacer posible que tanto policías como jueces actúen en cuanto se denuncie este tipo de delitos y no se permita que se sigan perpetrando hasta que se diriman en juicio. «La dilación en el enjuiciamiento de los delitos de usurpación de inmuebles y la ausencia de regulación de la medida cautelar de desalojo han contribuido a la proliferación de tales conductas ilícitas», añaden los abogados, que afirman taxativamente que no hay un grado de permisividad similar con la okupación en toda Europa.

Galicia, la segunda comunidad donde más crecen los actos judiciales por asaltos

Galicia fue la segunda comunidad autónoma en la que más creció el número de procedimientos judiciales por okupaciones en el primer trimestre del 2022, según los datos difundidos ayer por el Consejo General del Poder Judicial. Mientras en el conjunto del Estado ese tipo de actuaciones ingresadas en los juzgados de primera instancia e instrucción bajaron un 6,3 % entre enero y marzo, en Galicia crecieron un 163,6 %, según los registros del CGPJ. Solo supera dicho porcentaje La Rioja, con un incremento del 200 %.

En total fueron 29 los casos de ocupación que llegaron en los tres primeros meses del año a los juzgados gallegos, frente a los 11 del primer trimestre del año pasado, si bien solo se cuentan aquellos en los que se vieron afectadas personas físicas, entidades sin ánimo de lucro y entidades públicas propietarias de viviendas sociales, quedando fuera los casos de empresas y bancos.