Más castigo para los infractores

José Manuel Pan
José Manuel Pan REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

La nueva Ley de Tráfico endurece las multas por alcoholemia, sanciona la mera presencia de drogas en los conductores y obliga a los menores en bicicleta por la ciudad a usar casco

09 may 2014 . Actualizado a las 20:36 h.

Conducir bajo la influencia del alcohol está desde hoy más castigado. Igual que el consumo de drogas entre los conductores. Esas son dos de las novedades más importantes de la reforma de la Ley de Tráfico que entró hoy en vigor y que también obliga a que los menores de 16 años utilicen siempre casco cuando circulen en bicicleta, como conductores o como ocupantes. Estos son algunos de los cambios.

Alcohol, más dureza

1.000 euros para los excesos. Desde hoy se sanciona con 1.000 euros de multa conducir con una tasa de alcohol que supere el doble de la permitida, que es 0,25, en la prueba de aire, para los conductores en general y 0,15 para noveles y profesionales. También serán multados con 1.000 euros quienes reincidan en alcoholemia en el mismo año. No computarán para la reincidencia las sanciones impuestas antes de la fecha de hoy. Para el resto de los positivos se mantiene la multa de 500 euros.

Drogas, cero

Se castiga el consumo. También se multa con 1.000 euros la mera presencia de drogas en el organismo de los conductores. La conducción bajo la influencia de las drogas se sigue castigando por la vía penal.

También a los peatones

Prueba obligatoria. Además de los conductores de vehículos, la nueva normativa obliga a someterse a los test de alcohol y drogas a todos los usuarios de la vía cuando estén implicados en un accidente o cometan una infracción. Esto incluye a los peatones.

Sillas infantiles

Más protección a los niños. La ley pretende dar mayor protección a los niños cuando viajan en vehículos. Por eso incluye un apartado que permite la inmovilización de vehículos ocupados por menores cuando no dispongan de sistemas de retención infantil y en los casos en los que sea obligatorio su uso. También se podrán inmovilizar las motos y ciclomotores cuando sus conductores u ocupantes no utilicen casco.

Casco en bicicleta

Menores de 16 años, siempre. Los conductores y ocupantes de bicicletas menores de 16 años están obligados a usar casco de protección siempre, incluso en las ciudades. Los centros de alquiler de bicicletas ya han advertido a sus usuarios.

A 130 todavía no

A la espera del reglamento. La nueva ley abre la vía a la ampliación del límite máximo de velocidad en España de 120 a 130 kilómetros por hora. Sin embargo, esa medida, que solo se aplicará en algunos tramos de autovías y autopistas, no entrará en vigor hasta que sea desarrollada en el futuro Reglamento General de Circulación. Por tanto, la velocidad máxima es 120 y se seguirán aplicando los márgenes actuales de error de los radares, que rondan el 10 %.

Sin detectores de radar

200 euros de multa. Desde hoy está prohibido el uso de detectores de radar en los vehículos. Esta infracción, tipificada como grave, será sancionada con multa de 200 euros y la retirada de 3 puntos del carné. Se mantiene la prohibición del uso de inhibidores de frecuencia. Quedan excluidos de la prohibición los dispositivos que avisan, mediante una base de datos, de la posición de los radares existentes.

Atropellos cinegéticos

Responsable, el conductor. Una de las novedades de la reforma de la ley se refiere al atropello de animales relacionados con la caza. Desde hoy, y con carácter general, el responsable del accidente será el conductor del vehículo. No obstante, el responsable de los daños será el titular del terreno cuando el siniestro sea consecuencia directa de una acción de caza llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes

También podrá ser declarado responsable el titular de la carretera cuando el siniestro se produzca por deficiencias en el cierre de la vía o por no disponer de la señalización específica de animales sueltos.

Autobuses y camiones

Inmovilización. La reforma de la ley incorpora también la posibilidad de inmovilización de autobuses y camiones cuando sus conductores carezcan del permiso correspondiente para su conducción.

Centros psicotécnicos

Inspección y control. La norma considera desde hoy una infracción el impedimento a los funcionarios de la Dirección General de Tráfico de las labores de control e inspección de las autoescuelas y de los centros psicotécnicos dedicados al reconocimiento de conductores.

Multas con descuento

Ahora, veinte días de plazo. Los infractores tienen veinte días de plazo, a partir de la notificación de la infracción, para el pago de las multas con descuento del 50 %. Es una de las novedades de la ley.

Luz azul en prioritarios

Para vehículos de urgencia. Entrará en vigor cuando se apruebe el nuevo reglamento. A partir de entonces los vehículos de policía, bomberos, protección civil y ambulancias deberán tener una señal luminosa de advertencia de color azul.

Prioridad de paso

Grúas en servicio de auxilio. No se consideran vehículos prioritarios, aunque sí tendrán prioridad de paso los equipos de mantenimiento de las instalaciones y de la infraestructura de las carreteras, así como las grúas cuando acudan a realizar un servicio de auxilio en carretera.

Sin notificación

Cuando no se pueda perseguir. La ley añade un nuevo apartado referido a la notificación de las infracciones en carretera por parte de los agentes de la autoridad. Ese artículo permite que la infracción no sea notificada en el acto en los casos en los que el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control del tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo infractor.