Un preso de Ourense condenado por matar a su mujer y a su hijo cobra pensión de viudedad. La Voz habló con la prima de la asesinada, que está indignada por la situación
15 dic 2011 . Actualizado a las 06:00 h.«Esto es una vergüenza. La Administración competente debería de hacer algo al respecto. Parece que están premiando ciertas cosas». Fue a través de la prensa como Paloma Gato supo que el hombre que había matado a su prima y al hijo de ambos, el profesor de matemáticas Nemesio Antonio Pisonero, estaba cobrando una ayuda de viudedad por su prima. Lo que percibe, al parecer, por ese concepto son 800 euros que, sumados ahora a lo que recibe por su jubilación, serían en torno a unos 2.400 euros. «Hace poco hablaron de otro caso en los medios y cada vez que lo escuchas, aunque no sea de la familia parece que están contándote un chiste, deberían repasar mejor el historial de los que piden la ayuda», comentaba ayer.
Ocurrió hace 13 años
Los hechos ocurrieron el 25 de agosto de 1998 en Laguna de Duero (Valladolid), cuando el ahora condenado mató de un disparo a su mujer y de tres a su hijo, que trataba de defender a su madre. El primer juicio fue en la Audiencia vallisoletana el 17 de febrero del 2000; el segundo, en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León el 19 de junio de ese mismo año, y el tercero, en el Tribunal Supremo, el 16 de octubre del 2001, donde la pena quedó rebajada a 26 años, pero solo serán efectivos dos decenios. Desde el 2009 goza de tercer grado en la cárcel ourensana de Pereiro de Aguiar, acude a informática fuera del centro y parece que incluso tiene un piso alquilado en la ciudad de As Burgas. El tercer grado, tal y como explican fuentes de Instituciones Penitenciarias, le fue otorgado por el juez de vigilancia penitenciaria en contra de los informes elaborados por los responsables de la cárcel. «Los responsables de Pereiro de Aguiar pensaban que aún no cumplía los baremos para el tercer grado, pero el juez optó por darlo y ante eso no podemos hacer nada», dicen esas fuentes. El argumento utilizado entonces fue que había abonado la responsabilidad civil que tenía con los familiares de las dos víctimas en el 2006 y que ya había estado encarcelado más de la mitad de la condena. Entró en la cárcel en el 1998, pese a que la sentencia firme es del 2001.
Por su parte, el Ministerio de Economía, encargado de conceder la ayuda en este caso, ha pedido a la Abogacía del Estado que lo analice detalladamente para ver qué tipo de base jurídica hay para poder retirarle la ayuda, tal y como explican desde el citado departamento.
Eso es también lo que probablemente pidan al ministerio los familiares de los asesinados. La abogada de los hermanos y tíos de las víctimas, Doris Benegas, explicó que eso es lo que sugerirá a los representados, aunque no han perfilado las medidas a adoptar. En todo caso, apunta que debe ser el Gobierno central el encargado de retirar la ayuda. Desde Instituciones Penitenciarias explican que el Instituto de la Seguridad Social de Ourense dio la voz de alarma. Apuntan esas mismas fuentes que ese departamento envió una carta a la cárcel de Pereiro de Aguiar en la que pedía informes sobre el tipo de condena que tenía Pisonero. Querían comprobar que la condena no fuese por un caso de violencia machista. Desde la cárcel se respondió y resultó que lo era. Entonces el Instituto de la Seguridad Social pasó el caso la delegación de Hacienda de Ourense, que es la que debe abonar la paga en el caso de los profesores y no el INSS. El problema es que la condena es del 2001 y la ley que prohíbe que den ayudas de viudedad a agresores es del 2004.
Una norma del 2004
Fue a finales del 2004 cuando la Ley de Violencia de Género fue aprobada de forma definitiva. Ahí es donde se prohíbe a aquellas personas que hayan incurrido en un delito de violencia machista ser perceptores de cualquier tipo de ayuda de viudedad. La norma incluye un registro de maltratadores, y en el momento en el que hay una caso firme y respaldado por un juez los condenados entran en el listado. Es entonces cuando los agresores automáticamente dejan de ser beneficiarios de ese tipo de ayuda. La norma no tiene carácter retroactivo, por lo que es complicado retirar la ayuda en casos anteriores a su aprobación. Eso es lo que trata de ver la Abogacía del Estado. La situación de Nemesio Antonio Pisonero no es igual a la que se hizo pública hace unos días en Gerona, ya que en este último caso la sentencia era posterior al 2004.