El papel de árbitro municipal o fiel de la balanza en una moción de censura quedará más limitado en las corporaciones que surjan de las elecciones de mayo tras la reforma de la ley electoral que este año aprobaron las Cortes.
La suma de tránsfugas a los pequeños grupos se ha convertido repetidamente en la palanca que ha propiciado el cambio de alcalde en no pocos municipios, pero el nuevo texto legal impide a los concejales que cambien de partido tener matemáticamente un papel decisorio en las mociones de censura. Su voto en la práctica será invalidado, ya que para cambiar al alcalde hará falta reunir más de la mitad de los votos de la corporación, incrementándose dicha relación en el mismo número de ediles tránsfugas que secunden la moción. Si en una corporación de once ediles seis apoyan la censura y uno de ellos es tránsfuga, será necesario contar con siete votos para propiciar el cambio de alcalde.