Los arquitectos técnicos dicen que las edificaciones de uso industrial no sirven para generalizar
GALICIA
La sentencia dictada por el Tribunal Superior ha sorprendido al sector de los arquitectos técnicos. El presidente del Consello Galego de Colexios de Arquitectos Técnicos de Galicia, José María López Vega, cree que una resolución sobre el caso concreto de un proyecto para una nave industrial no sirve para generalizar. Además, este aparejador puntualiza que la sentencia se basa en la ley 12/1986, «pero existe una legislación posterior, la Ley de Ordenación de la Edificación, que entró en vigor el 6 de mayo del 2000, que regula de forma más concreta las competencias de los distintos profesionales relacionados con el sector de la construcción». En este sentido, explica que aunque la ley del 2000 (que desarrolla el reglamento de 1986) mantiene la competencia de los ingenieros para redactar los proyectos de edificios de uso industrial, «abre un camino a los técnicos en el campo de proyectos de edificaciones cuyo uso no sea competencia exclusiva de otros técnicos, ingenieros o arquitectos». Competencias Así, José María López Vega matiza que los arquitectos técnicos o aparejadores tienen competencias para redactar proyectos de inmuebles destinados, por ejemplo, a usos comerciales, deportivos o trabajos de rehabilitación de edificios.