Fomento ratifica que se hará el viaducto ferroviario en A Malata

Andrés Vellón Graña
andrés vellón FERROL / LA VOZ

FERROL

CÉSAR TOIMIL

Establece un estudio de vibraciones para llevar el tren a Caneliñas

03 ene 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

El Ministerio de Fomento ha plasmado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de ayer que el ferrocarril a Caneliñas -cuya redacción de proyecto ya se ha adjudicado- irá por la denominada ruta sur e incluirá un viaducto sobre la ensenada de A Malata, una infraestructura que ha levantado una importante contestación social y política en la urbe.

La Subdirección General de Planificación y Proyectos de la Dirección General de Ferrocarriles ha resuelto «aprobar el expediente de información pública y audiencia, y definitivamente el estudio informativo» del acceso ferroviario a la rada exterior «seleccionando como alternativa a desarrollar la denominada solución sur, propuesta asimismo en la Declaración de Impacto Ambiental, determinando su inclusión en la red ferroviaria de interés general».

En el proyecto constructivo han de tenerse en cuenta las prescripciones de esa declaración de impacto ambiental.

Entre las diferentes medidas que se explicitan está el hecho de que «en el diseño final del viaducto se respetarán las premisas de mínima afección al lecho de la ensenada mediante la minimización del número de apoyos en el cauce (con un máximo de cinco pilas) y mínima intrusión visual».

También se establece que «se realizará el estudio completo de ruido y vibraciones para todo el trazado, incluido el ramal ferroviario, tanto para la fase de construcción como para la fase de explotación, definiendo los puntos en los que es previsible que se rebasen los límites legalmente establecidos, así como las medidas preventivas y correctoras».

En la resolución plasmada ayer en el BOE también se indica que «se realizará un estudio específico del impacto de la alternativa seleccionada sobre el patrimonio cultural, previamente a la redacción del proyecto de trazado, que deberá obtener el informe favorable de la Dirección General del Patrimonio Cultural».

Fin de la vía administrativa

Desde el Ministerio de Fomento además se deja claro que «la presente resolución pone fin a la vía administrativa». Añade, que «en consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la mencionada aprobación podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de la resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional».

El Gobierno deja la puerta abierta al recurso ante la Audiencia Nacional