El TSXG confirma la ilegalidad de las obras del hotel Galiano

francisco varela FERROL / LA VOZ

FERROL

El Superior dice que dadas las irregularidades no puede aprobarse la reforma

14 ene 2012 . Actualizado a las 07:00 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso de la empresa Ferrol Hoteles sobre el caso del hotel Galiano y confirmado la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ferrol, en el sentido de que las irregularidades cometidas en la obra son ilegalizables.

La sentencia recurrida, firmada por el magistrado Pablo Álvarez López, indicaba que la comisión del Plan Especial de Protección y Rehabilitación del Barrio de A Magdalena había emitido un informe, en el 2008, en el que se especificaban claramente los incumplimientos de la licencia municipal motivo del conflicto. En las obras de rehabilitación del inmueble de Galiano para la construcción del referido hotel se sobrepasaron los volúmenes, alturas y normas establecidas en la normativa conservacionista. Así, no se respetaron los muros medianeros protegidos, se superó la pendiente de los tejados, se aumentó el fondo de la edificación reduciendo la superficie del patio interior, y se aplicó en la fachada un acabado no permitido en el plan de A Magdalena. Además, se colocaron unas ventanas en el medianero de aluminio lacado en blanco.

Tras la sentencia de Ferrol, los representantes legales de Ferrol Hoteles colocaron toda su esperanza en la apelación ante el TSXG porque, decía el letrado portavoz, «el fallo del juez de Ferrol carece de fundamento y falta de motivación». No obstante, la sentencia del Superior confirma en todos sus términos el fallo del magistrado Pablo Álvarez López y advierte de que esta la sentencia «no es susceptible de recurso ordinario de casación». Es decir, solo quedaría ahora una acción extraordinaria con escasas posibilidades de prosperar.

El TSXG rechaza uno por uno los motivos contenidos en el recurso de la empresa ferrolana y también que la decisión del Concello de Ferrol, al ordenar el derribo de determinadas partes del edificio construido, fuese desproporcionada.

Lo que dice el Supremo

En este sentido, el TSXG recuerda que el Tribunal Supremo en una sentencia analiza el principio de proporcionalidad y concluye que no puede aplicarse tal precepto «tratándose de un supuesto de legalización de edificio en el que se advierten irregularidades como las descritas y cuando su apreciación nos llevaría a no aplicar la legalidad».

El mismo criterio negativo sigue el Superior de Galicia respeto al silencio administrativo porque «en ningún caso se entenderán adquiridas por silencio licencias en contra de la legalidad y el planeamiento urbanístico».

Maraña de acciones

El conflicto entre el empresario hotelero y el Concello de Ferrol jalonó la segunda parte del mandato de la anterior alcaldía, con una maraña de acciones legales en todos los ámbitos jurisdiccionales, desde el penal al contencioso. Parte de los cuales se encuentran todavía en los tribunales.