Pide la baja por problemas de hígado y un detective de su empresa la descubre tomando seis cervezas en dos horas

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ESPAÑA

Imagen de recurso de consumo de cerveza.
Imagen de recurso de consumo de cerveza. PIXABAY

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirma el despido de la trabajadora como procedente al ser incompatibles las actividades de la mujer con la patología que la incapacitaba temporalmente

08 may 2025 . Actualizado a las 13:25 h.

Una trabajadora de una empresa del sector textil, que durante cinco años desempeñó labores de ventas y selección de personal, causó baja por incapacidad temporal por motivos de salud en 2023. Hasta aquí, algo normal. «Fue intervenida de varices, recomendándose paseos cortos y frecuentes», señala una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a la que ha tenido acceso el Diario Sur. La mujer, con problemas hepáticos, continuó con dolores tras la intervención, prescribiéndosele nuevos medicamentos y prolongándose la baja. Sin embargo, su empresa decidió contratar a un detective para hacerle un seguimiento, que ha acabado derivando en la declaración por parte del mismo tribunal de despido procedente por descubrirse actividades incompatibles con la enfermedad que motivaba su baja.

Entre las recomendaciones de sus médicos, «en vista de la aparente patología hepática», debía mantener reposo y someterse a dieta. Pero las labores de vigilancia observaron que no hizo ni una cosa ni la otra. Fue de compras con una señora y «a las 11.29 se sentaron en una terraza, donde tomó una cerveza con alcohol», indica el investigador en el informe que la empresa aportó como prueba. «A las 13.09, junto con una señora mayor, acudió a un bar, donde tomó dos botellines de cerveza con alcohol. Después, a las 13.33 acudieron a otro bar, y tomó 3 botellines. El recorrido sería de 7,5 kilómetros». La ruta de cañas de la mujer alcanzó por tanto las seis cervezas, consumidas en apenas dos horas recorriendo más de siete kilómetros. La dieta y el reposo prescrito por su dolencia quedó comprobado que no se cumplió. 

La defensa de la mujer en el proceso, alegó que la conducta no fue grave y no debía suponer su despido. Aunque la estrategia funcionó ante el Juzgado de lo Social de Móstoles, finalmente el Tribunal Superior de Madrid ha establecido el despido como procedente. «Consta acreditado que la actora, durante el proceso de incapacidad temporal, realizó actividades que retrasaban la curación y no eran acordes a la situación de baja médica», apuntaron las magistradas encargadas del caso.