De la Mata procesa a seis hijos de Ruiz-Mateos y exculpa a su viuda por la estafa de Nueva Rumasa
ESPAÑA
Se estafó a 4.110 inversores que aportaron casi 340 millones al grupo, que carecía de sustento real
16 ene 2017 . Actualizado a las 14:47 h.El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha concluido la investigación sobre el presunto fraude en la emisión de pagarés por parte de Nueva Rumasa y ha dictado un auto de transformación a procedimiento abreviado en el que procede contra quince personas, entre ellas seis hijos del empresario José María Ruiz Mateos -Zoilo, Pablo, Álvaro, Francisco Javier, José María y Alfonso-, Ángel de Cabo y otras ocho por delitos continuado de estafa cualificada, alzamiento de bienes, blanqueo de capitales y contra la Hacienda pública.
En el mismo auto dado ha conocer este lunes el titular del Juzgado Central de Instrucción 5 sobresee la causa respecto de seis personas, entre ellas la esposa de Ruiz Mateos, Teresa Rivero Sánchez, y da traslado de las actuaciones a las más de medio centenar de acusaciones para que formulen escrito de acusación, sobreseimiento o la práctica de diligencias con carácter excepcional.
De la Mata relata en su resolución cómo en el 2009, ante las circunstancias de práctica insolvencia que presentaban las empresas del Grupo Nueva Rumasa, sus responsables decidieron captar fondos con los que poder revertir esa situación y también aplicarlos en su propio beneficio, apelando para ello al ahorro del público mediante agresivas campañas en los medios de comunicación, en las que ofrecían a sus clientes invertir en sus sociedades productivas más conocidas.
Para ello ofrecían retribuir esas inversiones con elevados intereses, y mostraron una imagen de solvencia y bonanza empresarial del Grupo Nueva Rumasa que en ese momento carecía de sustento real.
Préstamos por pagarés
El mecanismo ideado por los hermanos Ruiz-Mateos Rivero, su padre y Manuel Sánchez Marín, consistió en la obtención de préstamos de los inversores cuya devolución junto con el abono de los intereses se garantizaría mediante la entrega de «pagarés de empresa» o «pagarés corporativos» no a la orden, emitidos y generalmente avalados por sociedades del Grupo Nueva Rumasa, aprovechando la confianza que los consumidores venían depositando en los productos comercializados por sus empresas con mayor presencia en el mercado bajo marcas conocidas que se incluían estratégicamente en la publicidad.
Para obviar el control que la Comisión Nacional del Mercado de Valores pudiera ejercer sobre ese mecanismo de financiación, los investigados establecieron como condición que la inversión mínima fuera de 50.000 euros, según detalla el auto.
El número total de inversores, según sus propios responsables fue, al menos, de 4.110 personas. De acuerdo con información proporcionada por tales responsables, el importe total de los fondos captados de esos inversores fue de 337.377.450,60 euros.
El análisis de las cuentas bancarias por parte del auxilio judicial, dice el juez, ha permitido identificar la entrada en las cuentas de Grupo Nueva Rumasa de, al menos, 243.476.514 euros procedentes de los adquirentes de pagarés entre febrero del 2009 y febrero del 2011.
El importe de los intereses con que debían retribuirse tales fondos era de 47.975.828,64 euros. Por tanto, para hacer frente a esos compromisos de pago se emitieron pagarés por parte de 13 sociedades del Grupo Nueva Rumasa por un importe total de 385.353.279,24 euros, de los que solo llegaron a abonarse -por parte de 5 de esas sociedades- 96.239.433,24 euros quedando sin pagar 289.113.846,01 euros, señala la resolución judicial.
Los fondos captados a los inversores se destinaban casi en su totalidad a una caja común desde las que se redistribuía al resto de sociedades del Grupo Nueva Rumasa, en cuya estructura empresarial se encontraba también un sector internacional, integrado por un centenar de sociedades extranjeras con domicilio en varios países de nula o baja tributación, con el objetivo fundamental de obtener la mayor opacidad para proteger las propiedades inmobiliarias y las marcas comerciales más relevantes del Grupo.
Casi 90 sociedades implicadas
En el mismo auto, el juez procede también contra 89 sociedades como responsables civiles y otras 2 como partícipes a título lucrativo, en cuanto que participaban de una gestión común dirigida a un mismo fin, según el magistrado, puesta al servicio del Grupo, que funcionaba como una sola empresa a efectos financieros y de responsabilidad empresarial.
La pertenencia de sociedades mercantiles a otras sociedades extranjeras, unido al empleo de testaferros y despachos fiduciarios, argumenta De la Mata, «no tenía más finalidad que dotar a todo el entramado de un considerable grado de opacidad estando bien claro en todo momento que el mismo pertenece en última instancia a la familia Ruiz Mateos».
Además de contra los seis hijos de Ruiz-Mateos y Ángel del Cabo, el instructor concluye que existen indicios delictivos contra Zoilo Pazos Jiménez, Alfonso Barón Rivero, Manuel Sánchez Marín, José Ramón Romero López, Ricardo Álvarez Castaño, Rufino Romero de la Rosa, Fernando Juan Lavernia Sánchés e Iván Manuel Losada Castell. La causa queda sobreseída para Teresa Rivero, Alfonso Espinosa, Javier Bertolá, María Eugenia Grajales, María del Carmen Romero y Miguel Monje.
En su auto da traslado al Fiscal y a las partes acusadoras para que en el plazo de 30 días naturales soliciten la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o bien el sobreseimiento de la causa. Reitera asimismo sendas peticiones de prueba al Banco Sabadell para que informe el numero de cuentas en las que se ingresaron seis cheques y se identifique a sus titulares y a un juzgado de Barcelona para que le haga llegar un informe realizado por la administración concursal respecto de Cavas Hill.