El tribunal ha resuelto en veinte días un recurso que habitualmente tarda años en despachar. El Govern afirma que el fallo no altera nada del proces
03 dic 2015 . Actualizado a las 01:00 h.El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha anulado este martes de manera definitiva la resolución independentista del Parlamento de Cataluña, tras aceptar la impugnación que el Gobierno presentó contra la propuesta que debía poner inicio a un proceso separatista. La resolución ya se encontraba suspendida cautelarmente por el Constitucional por considerar que violaba más de media docena de los artículos centrales de la Carta Magna.
Los magistrados ya han votado la anulación de esta iniciativa, si bien aún no han firmado la resolución, dado que ultiman los últimos flecos, han informado a Efe fuentes del tribunal.
La sentencia, que declara nula a todos los efectos la resolución secesionista, es el fallo más veloz con el que el tribunal ha resuelto nunca un recurso de inconstitucionalidad. Se ha dictado 22 días después del pleno que aprobó la moción y veinte días después de que fuese impugnada por el Gobierno. Estos procesos duran casi siempre años, pero es que incluso en el precedente más claro, la nulidad de la moción de la cámara autonómica que en enero del 2013 declaró a Cataluña como sujeto soberano, el tribunal tardó catorce meses en dictar la sentencia, pese a que había suspendido cautelarmente también la resolución solo unos días después.
El Govern dice que el fallo no altera nada
La vicepresidenta del Govern en funciones, Neus Munté, ha ironizado con que el Tribunal Constitucional «no defrauda nunca» a Cataluña, pero ha querido dejar claro que los «efectos políticos» y la voluntad de «diálogo» de la resolución rupturista se mantienen «inalterables» pese al fallo. Sin embargo, para el Govern, los «efectos políticos» y la «integridad» del texto anulado, incluido «la voluntad del diálogo que ha estado siempre», se mantienen «inalterables», ha dicho la vicepresidenta en funciones en una conferencia de prensa en el Palau de la Generalitat. Para Munté, la respuesta del independentismo catalán, inmerso en las negociaciones entre Junts pel Sí y CUP, debe ser «la unidad» y «dar un paso adelante» para «acordar la investidura de Artur Mas» como president, para que el nuevo Govern pueda actuar «en todos los frentes» y responder a los «ataques que llegan cada día y cada semana» desde el Gobierno del Estado.
El tribunal de garantías recuerda en su fallo que el «imperio de la Constitución como norma suprema» del ordenamiento jurídico deriva del hecho de que la ley fundamental «es fruto de la determinación de la nación soberana por medio de un sujeto unitario, el pueblo español, en el que reside aquella soberanía y del que emanan, por ello, los poderes de un Estado». Asimismo, dice también que la soberanía de la nación, que reside en el pueblo español, «conlleva necesariamente su unidad», y que esa unidad del sujeto soberano es el fundamento sobre el que «la nación misma se constituye, al propio tiempo, en Estado social y democrático de Derecho».
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha afirmado que la decisión del Constitucional «alegra y mucho» a la «inmensa mayoría de españoles» que creen «en la soberanía nacional y en la igualdad de los españoles». El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha confiado por su parte en que las instituciones catalanas acaten la sentencia y ve «inimaginable» que un Gobierno o un Parlamento autonómico decidan actuar al margen de la ley. De hecho, ha advertido de que el incumplimiento tendría consecuencias penales.
El fallo del tribunal de garantías no insiste en el apercibimiento directo de obediencia que ya hizo de manera personal a diversos implicados cuando admitió a trámite el recurso del ejecutivo y suspendió la resolución. Aquella advertencia iba dirigida personalmente al presidente de la Generalitat en funciones, Artur Mas; a los miembros de su Gobierno; a la presidenta del Parlament, Carmen Forcadell; a los integrantes de la Mesa de la Cámara autonómica, y al secretario general del Parlament, Pere Sol. A ellos les señalaba que, de no acatar su fallo, podrían incurrir en responsabilidades, incluidas las penales.
El Parlament pidió la pasada semana al Constitucional que rechazara la impugnación con el argumento de que la resolución solo puede considerarse una declaración «política», fundamentada en programas electorales «sometidos al libre ejercicio democrático de participación». «Solo puede ser considerada como una declaración mediante la cual el Parlament manifiesta una voluntad política que, en sí misma, no puede conculcar el marco constitucional y estatutario, ya que este no prohíbe la expresión y la defensa de los proyectos políticos no coincidentes con la Constitución», señalaba el escrito.
Ahora el TC se limita a recordarle al Parlament que «no puede oponerse una supuesta legitimidad democrática de un cuerpo legislativo a la primacía incondicional de la Constitución». La Constitución, dice también la sentencia, es la «norma superior a la que todos -ciudadanos y poderes públicos- quedan sujetos» por decisión de la voluntad popular expresada como «poder constituyente». El Estado constitucional «no puede desvincularse de la primacía incondicional de la Constitución». El pleno del TC recuerda también que el artículo 1 del Estatuto de Autonomía dispone que Cataluña, «como nacionalidad, ejerce su autogobierno constituida en comunidad autónoma de acuerdo con la Constitución y el presente Estatuto».
De este modo, la resolución del Parlament «trastoca no solo los postulados del Estado de derecho, basado en el pleno sometimiento a la Ley y al Derecho, sino la propia legitimidad democrática del Parlamento de Cataluña, que la Constitución reconoce y ampara», añade.