Al margen de la reforma del modelo territorial, hay otras pendientes. El politólogo Xosé Luis Barreiro las divide entre las disposiciones que han quedado desfasadas y sobre las que existe bastante consenso (por ejemplo, la sucesión de la Corona); las que pueden ser reformadas sin afectar al proyecto básico de Constitución aprobada en 1978, pero sobre las que no existe concreción ni consenso (el sistema electoral o el cambio del modelo de descentralización autonómico); y las que «bajo la amable fórmula de una reforma constitucional son un intento de destruir el país tal como ahora lo conocemos», en referencia a la unidad del Estado.
MONARQUÍA
Igualar mujer y varón en la sucesión. Existe consenso sobre la modificación del artículo 57.1 para eliminar la preferencia del varón sobre la mujer en la sucesión al trono.
estado de derecho
Cambios en la justicia. En este capítulo, siguiendo al catedrático de Derecho Constitucional Joaquín Varela, habría que replantearse la designación de los miembros del Tribunal Constitucional, sus relaciones con el Supremo en materia de amparo e incluso reflexionar sobre la misma existencia del Consejo General del Poder Judicial.
democracia
Sistema electoral. Para los expertos consultados es necesario revisar las previsiones constitucionales relativas al sistema electoral para que favorezca más la proporcionalidad y refleje mejor el apoyo electoral de cada fuerza política; y reforzar los mecanismos de participación directa de los ciudadanos, como la iniciativa legislativa popular, el plebiscito y el referendo.
ESTADO SOCIAL
Ampliar el catálogo de derechos. Ampliar el catálogo de derechos, incluyendo entre los denominados derechos especialmente tutelados algunos que ahora se encuadran en los principios de política social y económica, como el derecho a la protección de la salud, la protección de los menores y la tercera edad, la discapacidad, el medio ambiente o la distribución de la renta regional o personal, según señala la catedrática de Derecho Constitucional Yolanda Gómez. Para Joaquín Varela, el acceso a la sanidad pública debería gozar de una eficacia normativa directa, como ocurre con el derecho a la educación.