El Gobierno aprueba un proyecto de Código Penal más punitivo
21 sep 2013 . Actualizado a las 06:00 h.El proyecto de reforma del Código Penal que ayer sacó adelante el Gobierno de Rajoy supone una serie de sensibles novedades. Calificado mayoritariamente como más punitivo, estas son algunas de sus claves:
Rechazo social
Prisión permanente revisable. Es una medida cuya aplicación está prevista para los asesinatos de carácter terrorista o cometidos contra jefes de Estado, o los de lesa humanidad. Comporta un cumplimiento íntegro de la condena, aunque pasados entre 25 y 35 años cabe la posibilidad de revisión (cada dos años). La medida está pensada para abarcar crímenes que generen rechazo o alarma social. Por ejemplo, si la víctima es menor o una persona de gran vulnerabilidad; también si se trata de delitos contra la libertad sexual o son cometidos por una organización criminal. La constitucionalidad de esta pena ha sido puesta en cuestión.
Vigilancia electrónica
Libertad vigilada. Ya existía una medida de seguridad específica para casos de delitos de carácter sexual y para los de terrorismo. Ahora quedan incluidos también los presos condenados por robos y por ciertos delitos violentos. Obliga al recluso, tras recobrar su libertad, a someterse a un estricto control que ha de estar vigente varios años. Este control puede comportar únicamente la obligación de personarse de forma periódica en el juzgado correspondiente, pero, además de otras medidas intermedias, puede hasta conllevar para el condenado -si así lo marca el criterio del juez- portar un dispositivo de vigilancia electrónica permanente.
Reincidencia
Libertad condicional. El Código Penal contempla el endurecimiento de la figura de la libertad condicional. Si, ya fuera de la cárcel, el preso reincide en el delito debe cumplir -encarcelado de nuevo- lo que le quedaba de la condena y ya no podrá descontar de la pena el tiempo que ha pasado en libertad. Como contrapartida, para los condenados que lo hayan sido por primera vez, a una pena menor, y con buen comportamiento, prevé facilitarles la consecución de la libertad condicional.
Penas de cárcel
Matar animales. Causar la muerte de un animal doméstico podrá acarrear penas de hasta 18 meses de cárcel. También cabe inhabilitación de dos a cuatro años para el ejercicio de oficio o comercio relacionados con los animales (igualmente para la posesión). El maltrato, o las lesiones, que menoscabe gravemente su salud será castigado con hasta un año de prisión.
Desaparecen las faltas
Hurto sistemático. Las faltas desaparecen y pasan a ser o delitos leves o a suponer sanciones administrativas. El hurto sistemático, por ejemplo, si se produce con visos de profesionalidad, se convierte así en un delito penado con hasta tres años de cárcel; y generará en consecuencia antecedentes penales. Del mismo modo, las faltas que antes se calificaban como graves siguen siendo delictivas. Y lo que antes eran faltas de tráfico de consideración leve pasan a tener una tramitación de carácter administrativo.
Clima de inseguridad
Acecho sexual. El acoso sexual tendrá un nuevo tipo de hostigamiento o acecho que aunque no suponga amenaza expresa sí genere un clima de permanente inseguridad o temor para la víctima (seguimiento, llamadas telefónicas...). Supondrá penas de hasta dos años de cárcel.