Contra los delitos más mediáticos

julio á. fariñas REDACCIÓN / LA VOZ

ESPAÑA

De las anunciadas modificaciones y novedades, solo la supresión de las faltas responde a las demandas de los profesionales de la Justicia

15 sep 2012 . Actualizado a las 07:00 h.

La única iniciativa que responde a una demanda generalizada de los profesionales de la Justicia es la de que las faltas que no merecen reproche penal sean excluidas del Código Penal, cuya aplicación es competencia de los jueces y tribunales. Ello no implica que vayan a quedar impunes, ya que se seguirán persiguiendo administrativamente dentro de la Ley de Seguridad Ciudadana o por la vía civil.

Descargar los juzgados

El objetivo confeso de este punto de la reforma es reducir el número de asuntos menores que sobrecargan los juzgados. Según explicó Gallardón al final del Consejo de Ministros, este cambio lleva implícita la creación de una larga lista de nuevos delitos leves castigados con multas y las demás pasarán a ser faltas administrativas.

Precisó que de los 98.000 juicios de faltas que se celebran al año en los tribunales españoles 24.000 pasarán a ser objeto de sanciones administrativas por parte del Ministerio del Interior. Este punto de la reforma afectará a las faltas de hurto, que pasarán a tener la consideración de delito leve de hurto, castigable en los casos en los que lo sustraído no supere los mil euros, aunque para fijar este límite se tendrá en cuenta la capacidad económica de la víctima.

Como respuesta a la reincidencia y la delincuencia grave, el anteproyecto propone que en el caso de delincuencia profesional y organizada se les pueda condenar con el tipo agravado a penas de uno a tres años de prisión e, incluso, en los casos más graves, de entre dos y cuatro años.

Las agravantes del delito de robo serán el desamparo de la víctima y el pillaje que puede darse en situaciones de catástrofe, la profesionalidad del delincuente, el portar armas, la participación de un grupo organizado, y el hurto de conducciones de suministros eléctricos o de cableado de telecomunicaciones.

A golpe de telediario

La cadena perpetua, la reforma estrella, presentada eufemísticamente como prisión permanente revisable, pensada fundamentalmente para castigar el terrorismo y otros delitos especialmente graves, parece más dirigida a contentar a un sector de la clientela electoral del Gobierno que a dar respuesta a una realidad delictiva, ya que el terrorismo es un fenómeno residual y con las leyes en vigor, el grado de cumplimiento efectivo de las penas es superior al de países de nuestro entorno donde existe la prisión permanente revisable.

La nueva regulación propuesta para el delito de detención ilegal con desaparición de la víctima y la supresión del delito continuado en casos de naturaleza sexual pretende ser una respuesta a posteriori a sucesos recientes que abrieron telediarios y coparon portadas de periódicos. Algo parecido ocurre el agravamiento de las penas para los responsables de incendios forestales, la plaga de cada verano, pero que en el actual ha sido especialmente dura.