Declara firme el fallo sobre el exbanquero, fallecido en julio, al no recurrir sus herederos
22 nov 2017 . Actualizado a las 08:19 h.El polémico caso de las llamadas tarjetas black, con las que se dilapidaron 15,5 millones de euros de las arcas de Caja Madrid y Bankia entre 1996 y el 2012, tiene ya su primer condenado en firme. Es Miguel Blesa, expresidente de la primera de esas entidades, quien se suicidó el pasado 19 de julio disparándose un tiro con su escopeta de caza.
Así lo resolvió la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo el pasado 23 de octubre, aunque su decisión no fue hecha pública hasta ayer. En ella los magistrados acuerdan el archivo de las actuaciones respecto al financiero e inspector de Hacienda, elevado a máximo responsable de la caja madrileña por el PP. Y lo hacen porque con su fallecimiento, conforme a lo previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, su responsabilidad penal quedó extinguida.
No ocurre lo mismo con sus obligaciones civiles, aunque los propios miembros del alto tribunal reconocen que su jurisprudencia en esta cuestión «no ha guardado la deseable uniformidad» hasta ahora. Así, el expediente de Blesa también sirve para unificar criterios de cara a casos parecidos en el futuro. Porque el Supremo establece con claridad que la responsabilidad civil permanece y por ello comunica su decisión a la Audiencia Nacional, en su calidad de tribunal sentenciador -el pasado 23 de febrero, con penas de entre tres meses y seis años de cárcel para los 65 acusados-, «a los efectos de declaración de firmeza» del fallo y de su «ejecución en los términos dictados en su día».
Esto supone que los bienes embargados a finales del 2014 a Blesa para cubrir una fianza civil de 16 millones en la causa de las tarjetas continuarán sujetos al control judicial. Una vez que el alto tribunal resuelva todos los recursos del caso de las tarjetas opacas (de condenados, acusaciones y fiscal), algo para lo que «a día de hoy no está fijada la fecha de deliberación y fallo», aclara, se verá cuánto patrimonio habrá que ejecutar.
Según una primera valoración general que hizo el colectivo de técnicos de Hacienda (Gestha), conforme a las propiedades a nombre del expresidente de Caja Madrid y los ingresos percibidos por él durante su carrera profesional, el valor de sus bienes superaría los 20 millones de euros. Sin embargo, su entorno lo reduce hoy en día a algo menos de la mitad, unos nueve millones.
Veinte millones en sueldos
En concreto, conforme obra en el sumario, entre el 2003 y el 2010 Blesa ingresó unas retribuciones de 19,9 millones de euros como directivo de Caja Madrid, a los que habría que sumar la indemnización recibida en su salida, unos 2,7 millones. A eso habría que añadir el montante de sus ingresos anteriores en diferentes puestos del Ministerio de Hacienda, y luego como asesor fiscal (1986-1996). Asimismo, el exbanquero tuvo a lo largo de su vida un centenar de cargos en un total de 42 sociedades, según la información que figura en el registro mercantil.
Tres casas embargadas, incluida su lujosa residencia en Madrid
En cuanto a patrimonio inmobiliario, consta que en el momento del embargo judicial Miguel Blesa era propietario de tres casas -dos situadas en la Comunidad de Madrid y otra en Andalucía, de donde el exbanquero era originario- de un valor conjunto algo superior a tres millones de euros. La más importante es su lujosa residencia de La Florida (Pozuelo de Alarcón), un chalé que adquirió en el 2009 por 2,1 millones de euros, aunque su valor de mercado se acercaba a los 2,85 millones. También contaba con otro chalé en San Lorenzo de El Escorial y un piso grande en Linares (Jaén), su ciudad natal.
La responsabilidad civil directa de Blesa son los 436.700 euros que se gastó con su tarjeta black, la mayor parte en safaris, vinos y hoteles. Pero a esa cifra hay que añadir la solidaria con el resto de los acusados. Esta asciende a 9,3 millones por los años en que él fue presidente de la caja madrileña. De aceptar su herencia, la familia del banquero debería asumir ese coste y hacer frente con su dinero -incluso el propio, si se agota lo embargado- a lo que no pudieran cubrir los demás. Pero ni siquiera se personaron para sostener el recurso de Blesa, que por eso se ha declarado «desierto».