Las medidas de los jueces

La Voz

ECONOMÍA

08 nov 2012 . Actualizado a las 07:00 h.

1. Determinación del concepto de deudor de buena fe, a efectos de establecer las bases de aplicación de las medidas excepcionales.

2. Flexibilización de los estrictos requisitos para acogerse al Código de Buenas Prácticas, elevando el denominado nivel de exclusión.

3. Limitación de los intereses moratorios: prohibición de los superiores a 2,5 veces al interés legal.

4. Establecimiento de un régimen especial en el caso de ejecución de préstamos hipotecarios.

5. Reconducir la ejecución hipotecaria a las normas generales de ejecución ordinaria para que el deudor disponga de un catálogo de motivos de oposición a la ejecución.

6. Atribución de facultades al juez para que pueda acordar moratorias dejando transitoriamente en suspenso el pago de cuotas hipotecarias en caso de que concurran circunstancias excepcionales.

7. Suspender el cumplimiento de obligaciones cuando el cambio de circunstancias impidan al deudor su cumplimiento voluntario por motivos ajenos a su voluntad.

8. Modificar el régimen de tasación de viviendas, a realizar por expertos independientes.

9. Elevar el porcentaje de adjudicación al acreedor para evitar que las entidades bancarias se adjudiquen bienes por un valor notoriamente inferior al real.

10. Regulación imperativa en determinadas circunstancias de la dación en pago.

11. Establecimiento de períodos de carencia para la amortización del capital, ampliación del plazo, reducción del tipo de interés y quitas cuando las circunstancias lo aconsejen.

12. Potenciación de las subastas por Internet.

13. Regulación de un procedimiento concursal específico para las personas físicas que permita paralizar ciertas ejecuciones.

14. Ampliación de los supuestos en los que el deudor puede continuar utilizando la vivienda o el local.

15. Limitación de los gastos en el caso de mora.

16. Ampliación más allá de cinco años de la posibilidad de poner fin a la ejecución pagando las cuotas adeudadas y rehabilitando el préstamo.

17. Mediación previa o simultánea obligatoria en las ejecuciones hipotecarias.

18. Creación de comisiones mixtas, con presencia de la Administración, para favorecer las salidas negociadas.