La Ley Financiera también prevé establecer limitaciones en la edad de los consejeros de las entidades de ahorros, una cuestión que no recoge la actual normativa de cajas de ahorros en Galicia. En un principio, el PP había pensado introducir un tope máximo de 70 años; pero, finalmente, el Gobierno establecerá una horquilla de edad para dejar un margen de decisión a las propias cajas. La propuesta generó un profundo rechazo en Cataluña, sobre todo por parte de Convergencia i Unió (CiU), que vio en la iniciativa una suerte de injerencia del Ejecutivo de Aznar para hacerse con el control de La Caixa y Caixa Catalunya. De hecho, hay un precedente en la jurisprudencia que genera serias dudas sobre la viabilidad de establecer un límite de edad. En 1988, un fallo del Tribunal Constitucional sobre la Ley de Órganos Rectores de las Cajas de Ahorro (LORCA) declaró no básico un precepto que decía: «El director general cesará por jubilación a la edad de 65 años». Doctrina Según aquella sentencia, «no puede considerarse como básico determinar la edad de jubilación a los 65 años, pues este límite no está justificado por razones de eficacia en la gestión ni hay motivo alguno para que la legislación autonómica no pueda fijar la edad que estime». Ante este precedente, el PP se ha decantado por establecer una horquilla, en lugar de fijar un tope máximo. Si el Constitucional no consideró preciso jubilar a los 65 al primer ejecutivo, los expertos en Derecho dudan de que se pueda aceptar el límite de los 70 para los no ejecutivos.