El Supremo desestimó el recurso de Campomarzo contra Fomento

R. R. Lalín / La Voz

DEZA

11 mar 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

La sala tercera de la sección sexta del Tribunal Supremo desestimó el recurso de casación interpuesto por la sociedad Explotación Minera de Campomarzo S. A. contra la sentencia de la sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia de 28 de febrero del 2011 contra el expediente de expropiación para el proyecto del corredor del tren de alta velocidad del Ministerio de Fomento en la zona que afectaba a terrenos de la explotación Cuatro amigos, en Silleda. Con este recurso de casación, que fue desestimado por el Supremo, la explotación minera solicitaba que se dictase un nuevo pronunciamiento en el que, entre otras cosas, se reconozca el derecho de Campomarzo a que sean valorados los derechos afectados por la vía de hecho, el incremento en un 25 % del justiprecio por ocupación ilegal y el cobro de los intereses legales de esas cantidades desde la fecha de la ocupación.

La sala admitió el recurso a trámite pero lo desestimó. En su exposición, en el fallo se recoge que la Administración entendió que solo podían considerarse afectados por el trazado de la vía férrea, aquellos recursos mineros comprendidos en un proyecto de explotación actual y «no aquellos que carecían del mismo, aunque estuviesen incluidos en el ámbito de la concesión minera». Entienden que ni hubo un problema de exceso de ocupación de la superficie consignada en el acta de ocupación ni una actuación administrativa «al margen de cualquier procedimiento» sino solo «una discrepancia jurídica sobre los recursos mineros que deberían ser indemnizados» y del alcance material de los recursos mineros en discusión.